REFLEXIONES SOBRE LA DIMISIÓN DEL MINISTRO DE JUSTICIA.

Ruiz Gallardón

Ayer martes días 23 de septiembre de 2014 el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, anunciaba públicamente en una rueda de prensa convocada por sorpresa y con carácter de urgencia que presentaba su dimisión como Ministro de Justicia, renunciaba a su escaño como diputado y se retiraba de la vida política. Rodeado de sus más cercanos colaboradores e incluso de algún familiar (nombró expresamente a uno de sus hijos), el ya ex Ministro tomó la decisión tras las declaraciones del Presidente del Gobierno indicando que retiraba el Proyecto de Ley del Aborto, del cual de forma algo extraña el señor Gallardón había hecho una especie de casus belli. Casi de forma inmediata las redes sociales se hacían eco de la noticia y el sentimiento más generalizado fue, por ser generoso en el calificativo, de inmenso alivio.
En esta, como en tantas otras ocasiones, conviene realizar un análisis de la trayectoria de Alberto Ruiz Gallardón, pues su renuncia sería incomprensible sin ella, dado que vincularla a la retirada del proyecto de ley en cuestión no deja de ser una mera anécdota. Cierto es que existe el precedente de la dimisión de José Luís Corcuera, pero el supuesto es ciertamente algo distinto, pues su renuncia se vinculó expresamente no a la retirada de un proyecto de ley, sino a la Sentencia 341/1993 de 18 de noviembre del Tribunal Constitucional que declaró contrario a la Constitución el artículo 21.2 de la Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero, de Seguridad Ciudadana, que regulaba lo que en el argot popular se conoció como “patada en la puerta” o “corcusutra”. Analicemos, pues, algo más detenidamente el asunto, porque tiene su miga.

I.- Sobre el proyecto de ley del Aborto. La decisión de impulsar esta iniciativa, cuya denominación técnica es la de Anteproyecto de Ley Orgánica de protección de la vida del concebido y derechos de la mujer embarazada fue ciertamente extraña, porque cierto es que el Partido Popular se había manifestado en contra de la legislación sobre el tema aprobada por el gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero, pero también es cierto que el actual gabinete no se ha mostrado precisamente muy respetuoso con su programa y sus promesas electorales.
Lo cierto es que este es un tema polémico, donde existen opiniones muy firmes y asentadas tanto a favor como en contra. Recuerdo un capítulo de la benemérita serie Ley y Orden donde el fiscal de distrito Adam Schiff manifestaba irónicamente ante sus dos ayudantes, Benjamín Stone y Paul Robinette, “Henos aquí tres hombres discutiendo sobre el derecho de las mujeres a abortar”. Quien suscribe no desea en este punto manifestarse ni a favor ni en contra de la medida, pero sí que cualquier iniciativa que se tome al respecto ha de estar marcada por la prudencia, sin dogmatismos en uno u otro sentido. Cuando el Tribunal Supremo de los Estados Unidos hubo de decidir el caso Roe v. Wade, el magistrado ponente, Harry Blackmun, se sumergió en el estudio médico de la gestación, consultando el parecer de numerosos médicos y estableciendo finalmente lo que se denomina como “régimen de plazos” (en el primer trimestre del embarazo prevalece el derecho a decidir de la mujer, en el segundo se restringe levemente y en el tercero se prohíbe absolutamente la interrupción del embarazo salvo que médicamente se demuestre que el embarazo pone en peligro la vida de la mujer). Sea cual sea la decisión que se tome al respecto, una parte no desdeñable de la población va a estar enfrentada a ella, porque este es uno de los temas donde el consenso es casi imposible. Con lo cual, la prudencia ha de ser extrema. En este caso (como en el de Zapatero), no lo ha sido.

2.- Sobre la retirada del proyecto: análisis jurídico de la responsabilidad. Vincular la dimisión a la retirada del proyecto es tentador, pero insuficiente y, en todo caso, improcedente. Cierto que la iniciativa partió del Ministerio de Justicia, pero no lo es menos que esa iniciativa con total seguridad se hizo a instancias del Presidente y, en todo caso, con el aval del Consejo de Ministros. No olvidemos que el artículo 4.1.a de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, establece como atribuciones de los Ministros el “desarrollar la acción del Gobierno en el ámbito de su Departamento, de conformidad con los acuerdos adoptados en Consejo de Ministros o con las directrices del Presidente del Gobierno» (el subrayado es mío); tampoco olvidemos que el Consejo de Ministros dio su aval al proyecto, por lo que es de suponer que dicho órgano asumió jurídica y políticamente el contenido del mismo. Según la Exposición de Motivos de la Ley 50/1997 antes citada “tres principios configuran el funcionamiento del Gobierno: el principio de dirección presidencial, que otorga al Presidente del Gobierno la competencia para determinar las directrices políticas que deberá seguir el Gobierno y cada uno de los Departamentos; la colegialidad y consecuente responsabilidad solidaria de sus miembros, y por último, el principio departamental que otorga al titular de cada departamento una amplia autonomía y responsabilidad en el ámbito de su gestión” (los subrayados son míos). No se trata en este caso de un proyecto de Ley auspiciado por el Ministro y que sea rechazado por el Gobierno (en cuyo caso la responsabilidad política última sí que sería del Ministro y, por ende, debiera abandonar el gabinete ante la falta de confianza; se trata de la retirada de un proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros y del cual, por tanto, es éste órgano el máximo responsable, pues no olvidemos que el “aprobar los proyectos de ley y su remisión al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado” es una atribución exclusiva del Consejo de Ministros, tal y como explícitamente dispone el artículo 5.1.a de la tantas veces citada Ley 50/1997.

Sin entrar a valorar la falta de coherencia y de valor del Presidente del Gobierno en este tema, lo cierto es que, por utilizar el título de un célebre western de Sergio Leone, hace tiempo que al señor Gallardón le había “llegado su hora”. Llegó a la cartera ministerial rodeado de un aura de jurista competente, de político de ideas avanzadas (“un verso suelto” dentro del partido) y que se propuso de inmediato modernizar la Administración de Justicia, algo que ésta necesita bastante. Pero pronto estas esperanzas se frustraron hasta el punto de que puede, en estricta “justicia” ser considerado uno de los peores ministros del ramo no ya en toda la historia de la democracia, sino incluso si me apuran de toda la historia contemporánea. Se inició como titular de la cartera precisamente quebrando una de las principales promesas electorales de la formación en el ámbito de la Justicia: modificar el sistema de nombramientos de vocales del Consejo General del Poder Judicial para que fuesen los propios jueces quienes lo hicieran. El ministro echó el “freno y marcha atrás” con un argumento absolutamente ridículo, cual es la falta de consenso con la oposición (como si la Ley Orgánica 6/1985 no hubiese sido la imposición de un gobierno sostenido por una amplia mayoría absoluta), con lo cual no sólo se perpetúan las actuales lacras del sistema, sino que incluso se acentúan. Su lamentable gestión incluye la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, de tasas judiciales, que ha contado con la oposición de todos los estamentos vinculados a la Justicia; ley que incluso además ha sido pervertida en su finalidad, dado que la necesaria vinculación del importe de las tasas a la financiación del sistema de asistencia jurídica gratuita (consagrada en la propia legislación) ha sido incumplida de forma flagrante, algo que incluso el propio Gabinete del Ministerio de Justicia ha reconocido. Se ha ganado en sus dos años y medio de gestión la enemistad de jueces, secretarios judiciales, fiscales, empleados públicos vinculados a la Administración de Justicia, Abogados, Procuradores; en resumen, ha logrado la insólita hazaña de poner en su contra a todas las personas sobre las cuales ha de desplegar su gestión. Y eso, a la larga, se paga. Máxime cuando se trata de una persona a la cual el Presidente del Gobierno, una de las personas más rencorosas que ha conocido España desde que Niceto Alcalá-Zamora y Torres ocupara la Presidencia de la República, se la tenía guardada. Y quizá el proyecto de ley del aborto haya sido el instrumento necesario, el desencadenante para desembarazarse de un personaje molesto y, a la postre, políticamente acabado. Parece mentira que alguien presuntamente tan inteligente y despierto como Gallardón haya caído en esta trampa saducea que no sólo ha finiquitado políticamente su carrera, sino lo que es más trágico para él, su propia imagen de político “progresista” y grato a un sector de la izquierda política.

1 comentario en “REFLEXIONES SOBRE LA DIMISIÓN DEL MINISTRO DE JUSTICIA.

  1. gibeljale

    ¿Y no será que, aprovechando la retirada del proyecto de ley (que yo creo que sí que es lo que realmente motiva su decisión), intenta de paso no sufrir el desgaste de estar en el gobierno y situarse como candidato del PP para 2015 o 2019?
    Tampoco es cuestión de buscar ambiciones ocultas a todo, pero no creo que eso de retirarse definitivamente de la política haya que tomárselo al pie de la letra. Más aún con lo que está pasando en Francia con Sarkozy…

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