TRUMP, EL TRIBUNAL SUPREMO, EL MURO…..Y LA PRENSA ESPAÑOLA.

image.adapt.990.high.border_fence_073014.1447285468870

Una vez más, ha ocurrido. De nuevo en lo referente a una resolución judicial estadounidense que afecta al actual inquilino de la Casa Blanca. Como era de esperar, el tratamiento que otorga la prensa española oscila entre lo bufo y lo ridículo. Los titulares parecen hablar por sí solos: “El Supremo da luz verde a Trump para construir 160 kilómetros de muro en la frontera” (El Mundo); “El Supremo autoriza a Trump a utilizar dinero del Pentágono para el muro con México” (El País); La Vanguardia reproduce casi íntegramente el titular, pero mutando significativamente el verbo: “El Supremo permite a Trump utilizar fondos del pentágono para construir el muro”; “El Supremo da luz verde a Trump para que destine 2500 millones del Pentágono” (ABC). Si no fuera porque somos conscientes de estar a punto de finalizar la segunda década del siglo XXI, uno pensaría estar en tiempos en que Gabriel Arias Salgado, al frente del Ministerio de Información y Turismo, defendía un sistema de “prensa orientada” (que, según el citado ministro, constituiría un mecanismo equidistante entre la “prensa libre” y la “prensa dirigida”) a la vista del tratamiento en la práctica coincidente en medios de tan diverso matiz ideológico. La pregunta brota de inmediato en los labios de cualquier lector: ¿es dicha información veraz? ¿”Autoriza”, en efecto, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos a Donald Trump a construir el famoso muro (barrera que debiera ser con total justicia denominado “muro de las lamentaciones…..de los periodistas”?

Pues bien, como en tantas ocasiones, debemos acudir a la fuente, al origen mismo del manantial del que brota la noticia. Y esa fuente no es otra que una brevísima resolución (dos páginas y media) que el día 26 de julio de 2019 dicta el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el seno del caso Donald Trump et al v. Sierra Club et al. Ya al principio, el lector que, además, es jurista, comprueba sin mucha dificultad que no nos encontramos ante una sentencia, sino ante una “aplication for a stay”, es decir, una petición dirigida a un órgano judicial para que detenga el curso de determinadas actuaciones. Ya nos encontramos, pues, ante una primera objeción: no es un pronunciamiento definitivo, sino una medida de carácter temporal. ¿Y qué es lo que suspende o paraliza el Tribunal Supremo? Pues una medida cautelar adoptada por el Juzgado de Distrito que había suspendido cautelarmente la construcción del muro hasta tanto se resolviese con carácter definitivo el caso Sierra Club v. Trump.

En este caso, de los nueve magistrados, cinco (el chief justice John Roberts, Clarence Thomas, Samuel Alito, Neal Gorsuch y Brett Kavanaugh) votaron favorablemente a levantar la suspensión. Esa medida, no obstante, tiene una vigencia limitada: si el Tribunal de Apelaciones del noveno Circuito se pronuncia sobre el fondo y el Tribunal Supremo no entra a conocer el asunto, la resolución quedaría automáticamente alzada y, por tanto, pasaría a entrar en efecto la resolución final. En definitiva, y por utilizar una terminología familiar al lenguaje jurídico español, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos lo que hace en este caso es permitir la ejecución del acto administrativo impugnado alzando la medida cautelar de suspensión adoptada, pero sin que ello suponga pronunciarse sobre la legalidad en cuanto al fondo.

Tres magistrados (Ruth Bader Gisburn, Sonia Sotomayor y Elena Kagan) votaron por mantener la suspensión cautelar. No obstante, la sorpresa la proporciona el juez liberal Stephen Breyer, quien optó por una resolución intermedia. Breyer efectúa una ponderación y explicita las consecuencias de levantar la medida cautelar (ello facultaría al Gobierno federal a construir la ampliación del muro, lo que “causaría un daño irreparable al entorno y a los demandados”) y de mantenerla (en cuyo caso, sería el “gobierno quien sufriría un daño irreparable”, dado que “si no suscribe los contratos antes del 30 de septiembre [fecha de finalización del año presupuestario] los fondos retornarían al Tesoro y la medida cautelar operaría como resolución definitiva.”). Stephen Breyer opta por ejercer de moderno Salomón: entiende que debería permitirse a la Administración Trump suscribir los contratos para la ampliación del muro (evitando así que los fondos destinados a ello reviertan al Tesoro) pero no permitir la construcción.

Llama la atención la persistente campaña de desinformación de la prensa española sobre lo relativo al muro existente en la frontera sur estadounidense en general y sobre esta resolución en particular.

Primero.- La inmensa mayoría de medios de comunicación españoles silencian una información vital y decisiva para que el lector pueda emitir su opinión con total conocimiento de causa: el muro que separa los Estados Unidos de América con los Estados Unidos Mexicanos se empezó a construir a mediados de los noventa bajo el mandato presidencial del demócrata William Jefferson Clinton. En el año 2006, a iniciativa del presidente republicano George W. Bush, se acordó ampliar su extensión, y el Senado estadounidense apoyó de forma entusiasta tal medida, pues de sus 100 miembros 86 votaron favorablemente a la misma; entre quienes votaron favorablemente a esa ampliación se encontraban los senadores demócratas Barack Hussein Obama, Joseph Biden y Hillary Rodham Clinton. Esta última fue incluso más allá, llegando a manifestar en público la necesidad de desplegar tropas en la frontera sur para garantizar la integridad de la misma y evitar una entrada masiva de ilegales.

Segundo.- Causa verdadero estupor que en un país como el nuestro (donde la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha manifestado sin el menor rubor que la medida cautelar de suspensión al constituir una excepción al principio de autotutela administrativa, ha de aplicarse de forma muy restrictiva) sorprenda que un órgano jurisdiccional estadounidense alce una medida cautelar de suspensión y permita la construcción del muro.

Tercero.- Por menos de ser previsible, no es menos lamentable comprobar la auténtica desinformación de los medios españoles, dando a entender que el máximo órgano jurisdiccional estadounidense ha avalado en cuanto al fondo la actuación presidencial, cuando lo que ha hecho es alzar una medida cautelar sin entrar en el fondo.

No me resisto a compartir un divertidísimo hecho que tuvo lugar en fechas recientes. Cuando un grupo de deportistas americanas regresaron a territorio patrio y en el desfile de celebración de su triunfo corearon manifestaciones contra el presidente Donald Trump, uno podía ver entre el grupo de personas que allí se encontraban al inefable corresponsal de Antena 3, omnipresente en este tipo de actos contrarios a la actual administración estadounidense. Pues bien, a la persona que en aquéllos momentos presentaba el espacio dedicado a las noticias deportivas, se le escapó el siguiente comentario: “entre las deportistas está nuestro compañero José Ángel Abad, que se encuentra en su salsa” (sic). El problema es que determinadas salsas, sobre todo en los calurosos meses del verano, se corrompen rápidamente y son nocivas para la salud.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s