«LOS CACIQUES» (1920): DENUNCIAS DE AYER APLICABLES A LA ADMINISTRACIÓN DE HOY.

Los Caciques

En el año 2005 la editorial Cátedra publicó una cuidadísima edición de Miau, la celebérrima novela de Pérez Galdós en la que se narraban las desdichas de un pobre funcionario cesante en busca de destino. Dicha edición contaba con una extensa introducción de Francisco Javier Díez de Revenga en la que se contiene una afirmación que quedó indeleblemente impresa en mi cerebro de jurista: la Administración actual, formalmente es muy distinta a la descrita por don Benito, pero materialmente no es tan distante como pudiera parecer. Y es que, en efecto, si se raspa la superficie se verá que la capa de las innovaciones no son más que la costra que encubre viejas heridas supurantes que no acaban de cicatrizar. Es posible que en el siglo XXI no nos desplacemos físicamente mediante carruajes de tracción animal, las comunicaciones no sean epistolares y los traslados de las notificaciones ya no sean en papel; pero que los medios hayan evolucionado por la revolución tecnológica y digital, no implica que en cuanto al fondo, en cuanto al análisis material de los asuntos, la Administración continúe perpetuando viejas prácticas que en principio creeríamos desterradas de nuestro modus vivendi en su faceta jurídica.

Pongamos a prueba dicha tesis. Sugiero al amable lector que tome un ejemplar de Los caciques, la divertidísima “farsa cómica de costumbres de política rural en tres actos”, que Carlos Arniches elaborase en 1920. Dicha obra narra un episodio que afecta a los gestores públicos del pueblo de Villalgancio, especialmente a su eterno alcalde, don Acisclo Arrambla Pael. Aun cuando exagerada en sus formas (pues, al fin y al cabo, lo que se pretendía era divertir al respetable), la “farsa cómica” encubría una acerva crítica al régimen caciquil, personificado en el Alcalde que contaba a su favor con el servilismo del Secretario municipal y con el alguacil del pueblo. Si uno contempla la obra desde el principio hasta el final, verá que las situaciones descritas no son ni mucho menos desconocidas al ciudadano y al jurista de hoy. He aquí varios ejemplos:

Primero.- La obra comienza con el alcalde, de estado civil casado, persiguiendo inmisericorde a Eduarda, la esposa del celosísimo don Régulo, personaje éste vinculado al ayuntamiento para ejercer las funciones de “matrona de consumos”. Ya para abrir boca dos ilícitos de plena actualidad: delito de acoso sexual y nepotismo de la designación de personal en las Administraciones.

Segundo.- El Alcalde recibe a tres ciudadanos que vienen a presentarle quejas por irregularidades administrativas:

2.1.- El médico del pueblo, don Sabino, expone que lleva siete años sin percibir retribución alguna. El Alcalde, enojado, le sonsaca que en los dos pueblos anteriores donde sirvió el galeno le habían dejado a deber once y nueve anualidades respectivamente que no le habían satisfecho, ante lo cual brama el regidor: “Y viene usté a estrellarse conmigo, que no le debo más que siete! […] ¿No le han pagao los otros y quié que le pague yo!” Versión castiza del actual impago por las Administraciones de contratos administrativos. Pero lo divertido es la excusa que ofrece el Alcalde, que si de algo peca es de sinceridad, pues su argumento, explicitado en la obra para diversión del solaz público que acude al teatro, no deja de flotar en la inmensa mayoría de los municipios, provincias, autonomías e incluso a nivel estatal. Don Acisclo imputa al pobre doctor ser enemigo político suyo, con el siguiente razonamiento:

Y le voy a usté a probar su malquerencia, que la tengo conocía en toos los detalles. Aquí, en este pueblo de mi mando, no hay más que dos partidos políticos, ¡dos!, porque no quiero confusiones: el miísta, que es el mío, y el otrista, que son toos los demás; güeno, pues en los dos últimos años se han muerto cinco personas en el pueblo…; pues toos de mi partido. Y eso no se lo aguanto yo a usté ni a nadie. Con que, u se mueren cinco personas del partido contrario en el término de dos meses u no cobra usté un real

2.2.- El republicano Garibaldi, tras una discusión sobre mulos (el del primo del alcalde estaba aleccionado para cocear a quienes mentaban a Lerroux, aunque esto no preocupaba al republicano, que estaba enseñando a su burro a cocear a quienes invocaran a La Cierva), expone el auténtico motivo de su queja, y es la forma en la que el cartero del pueblo, primo del Alcalde, despachaba la correspondencia:

paso porque sea cartero, paso porque sea cojo siendo cartero y paso porque siendo cojo y cartero no sepa leer ni escribir; pero por lo que no puedo pasar de ninguna de las maneras es por la forma que tiene de repartir la correspondencia […] coge las cartas y las deja encima de una mesa a la puerta de su casa. Usté va y mira; que hay una carta y que es pa usté, pues deja usté cinco céntimos y se la lleva; que no es pa usté, pues deja usté diez y la coge si quiere. Y cuando se presenta el interesado a reclamar pues le ice: “¡Haber venío antes!

A lo que el Alcalde la responde: “¡Yo no os entiendo! Estáis clamando día y noche por la libertá y en cuanto un funcionario público sus deja en libertá….”. Ejemplo, pues, de nepotismo en el acceso a la función pública, desempeño de funciones públicas por personas incapacitadas para el ejercicio de sus funciones, prevaricación y enriquecimiento injusto.

Por cierto, para quien diga que Arniches exageraba, puedo citar el ejemplo (real) de una Comunidad Autónoma que en uno de sus edificios, de cinco plantas de altura (no muy amplias, dicho sea de paso) cuenta con tres conserjes por planta. Conserjes que no sólo cumplen de mala gana sus funciones, sino que incluso alguno de ellos estaba compinchado con el personal de correos para que a partir de las 12 no entrara ni saliese nada del edificio, de tal forma que a partir del medio día su tarea pudiera darse por finalizada. Este ejemplo real, digno de figurar en la obra glosada, se sitúa en 2017, no en 1920.

2.3.- Con todo, el Alcalde resuelve la petición de los ciudadanos. “Estáis faltando a la ley […] una cosa que me permite poner multas, con que a cincuenta duros caa uno.” En este caso, y a diferencia de lo que ocurre en la actualidad, don Acisclo cumplimenta con el deber de resolver, pero lo hace cometiendo abiertamente un delito de prevaricación.

Tercero.- Tras dejar el principio de autoridad bien sentado, un evento viene a turbar la placidez de la vida que disfruta el Alcalde. El Secretario municipal (que, según confesión propia, estaba en el Ayuntamiento “con aquel expediente que me dijo usté que lo estudiase para ver cómo podíamos dejar de resolverlo”) recibe una carta que remite un antiguo diputado afín al Alcalde, y en la que informa a éste que,  por una confidencia, ha tenido conocimiento que el Presidente del Consejo de Ministros, “enemigo acérrimo del caciquismo”, enviará un delegado “con órdenes severísimas para que inspecciones tu gestión administrativa durante los dieciocho años que llevas al frente de ese Municipio […] El delegado que os envía, hombre enérgico y resuelto, ha prometido al ministro que, o le rendís cuentas hasta el último céntimo, u os trae a Madrid atados codo con codo […] Uno de estos días enviarán al pueblo una sección de la Guardia Civil, para apoyar la gestión del delegado.” Estamos, pues, ante un ejemplo de tutela de la Administración Central del Estado sobre la Municipal, hoy muy diluida tras el reconocimiento de la autonomía municipal, pero de la que quedan algunos ejemplos, siendo precisamente uno de ellos cierto control financiero.

Pero veámos cual es la reacción municipal ante el anuncio de la inspección financiera, que, como veremos, no es muy diferente de la que se produce en la actualidad cuando un Ayuntamiento es objeto de una inspección:

3.1.- La reacción inicial es una mezcla de incredulidad y enojo: “¡Investigarme a mi! ¿Yo codo con codo? Antes asesino, machaco, trituro, incendio”. Baladronadas propias de la naturaleza humana ante una noticia desfavorable.

3.2.- Primera solución ofrecida en caliente: “Hay que quemar los libros”. Se plantea una disyuntiva, por cuando uno de los empleados advierte que “si los quemamos, es posible que vayamos a la cárcel”, ante lo que don Acisclo responde que: “Pero si no los quemamos, es seguro.” Así pues, destrucción de pruebas en su vertiente flamígera. Aun cuando en la actualidad no se destruyen por esa vía, sí que ejemplos recientes tenemos de trituradoras destrozando papeles comprometedores y operaciones de borrado de discos duros.

3.3.- Examen de conciencia. Se trata de verificar o anticipar qué puede encontrar el inspector. Veámos lo que escondía la turbia Administración del señor Arrambla Pael, que desgrana el Secretario Municipal:

3.3.1.-Lo más dudoso es lo de la cárcel. Ya sabe usté que había catorce presos con una consiegación de dos pesetas, que en total eran veintiocho diarias. Un día los cogió usté a todos, los dejó en libertad….” Justificación del Alcalde: “Sí, y se me olvidó suprimir la consignación en el primer año…y los demás años, pues na, pa que no creyesen que había sío de mala fe, lo fui cobrando y….” Percepción indebida de fondos públicos en concurso con prevaricación administrativa. De plena actualidad.

3.3.2.- Resumen completo de las irregularidades: “Pues claro, porque yo creo que tengamos sin pagar al médico siete años y doce sin abonar naa a la Diputación, y que los fondos pa enseñanza…y el aprovechamiento de los riegos….cuatro tonterías […] Y que se vean toos los Ayuntamientos de España, a ver si están mejor” En definitiva, prevaricación administrativa en concurso con enriquecimiento injusto, también dos delitos de plena actualidad, como lo es invocar el agravio comparativo con el trato benévolo dado a otras Administraciones.

Ante la noticia de que el Delegado del gobierno está ya en el pueblo, es el Secretario municipal quien rechaza solemnemente las tentativas de usar la fuerza bruta contra las autoridades enviadas por el gobierno central, recomendando otra opción muchísimo más segura, el “único procedimiento”, en sus propias palabras: “No nos engañemos; si esos hombres investigan de veras, vamos a la cárcel. De forma que yo que usted, lo que hacía era sobornarlos. Esto es vulgar, pero seguro. Dinero, agasajos, obsequios, discursos, músicas, cohetes, comidas….”

A partir de este momento, la obra se centra en un gracioso equívoco, que no destripo para el lector que desee pasar un buen rato con esta deliciosa obrita. O, si le parece tedia su lectura, siempre puede visionarla a través de la adaptación que Radio Televisión Española hizo en los años sesenta dentro de su benemérito Estudio Uno, que contó con unas magníficas interpretaciones de Pablo Sanz como don Acisclo y Gabriel Llopart como Pepe Ojeda, obra que ofrecemos al lector al final de la presente entrada. Este clásico se representó nuevamente en los escenarios a finales de los años ochenta, protagonizado por Antonio Garisa como el Alcalde y Rafael Castejón como Pepe Ojeda. A principios del siglo XXI se repuso nuevamente, y he de reconocer que tuve el honor de ver la representación protagonizada por Rafael Castejón (en este caso, interpretando a don Acisclo) y al genial José Sazatornil “Saza”, como Pepe Ojeda.

Un clásico que no sólo nos facilita pasar un buen rato, sino que llama a profundas reflexiones al ver cómo comportamientos denunciados en 1920 persisten en los años finales de la segunda década del siglo XXI. Buena prueba de que la Administración, aun cuando formalmente es muy distinta, materialmente sigue siendo la misma.

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