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PODER v DERECHO: SI ES NECESARIO, ES CORRECTO Y, POR TANTO, LEGAL (ROOSEVELT DIXIT).

A las 12 horas del día 4 de marzo de 1933, Franklin Delano Roosevelt tomó posesión de su cargo, convirtiéndose así en el trigésimo segundo presidente de los Estados Unidos. Lo hacía en una coyuntura económica muy delicada, con el país inmerso en las secuelas que había dejado el colapso económico de 1929 y con grandes sectores del país hundidas en la miseria. Ante ello, era no sólo lógico, sino indiscutible que la situación exigía la adopción de medidas no sólo paliativas, sino curativas. El problema no radicaba en la necesidad de actuación, sino en la ideología subyacente en la persona que ocupaba la Casa Blanca en cuanto al modo de actuar. Robert H. Jackson, colaborador y persona cercana a Roosevelt, de quien sería attorney general e incluso accedería al puesto de juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos a instancias de dicho mandatario, lo expresó en términos muy claro:

El presidente poseía la tendencia a pensar en términos de bien y mal, en lugar de legal o ilegal. Al pensar que sus motivos siempre eran los correctos para lograr los objetivos, encontraba difícil concebir que podían existir límites legales para ello.”

La consecuencia no era otra que: “Si era necesario, era correcto. Si era correcto, era legal. Por tanto, sus actuaciones eran acordes con la Constitución.”

Una reveladora anécdota que vale por todo un tratado explicita el modo de actuar de Roosevelt. Cuando el mandatario demócrata informó a un grupo de senadores su intención de devaluar el dólar y preguntándoles acerca de la licitud de la medida, Thomas Gore (abuelo del célebre ensayista Gore Vidal) senador por Oklahoma, le ilustró con un ejemplo que explicitaba las verdaderas relaciones existentes entre el poder y el derecho:

“Señor presidente. Puede usted salir a la calle, golpear y derribar a un anciano, arrastrarlo a la Casa Blanca y desnudarlo. Podéis incluso vender las ropas que le habéis quitado. Sería tan legal como lo que pretendéis hacer. Pero ese no es el problema. Podéis hacerlo igualmente.”

En definitiva, para Thomas Gore (y, ulteriormente, para Franklin Roosevelt) el problema no radica en si una actuación es legal o no, sino si el ejecutivo puede llevarla a la práctica. De ahí que, pese a ser jurista de profesión (aunque no excesivamente brillante), Roosevelt no pudiese concebir que se pusiesen obstáculos legales a sus actuaciones. Por ello, cuando la National Industrial Recovery Act (que entró en vigor el 13 de junio de 1933) fue impugnada judicialmente, Roosevelt no digiriese que el 27 de mayo de 1935 el Tribunal Supremo en el caso A.L.A. Schechter Poultry Corp v. United States declarase inconstitucional la normativa al considerar que la misma vulneraba la Constitución. Y, pese a la división interna existente en esos momentos, la sentencia se adoptó por unanimidad, con el voto favorable incluso de magistrados cuya simpatía hacia Roosevelt y sus iniciativas estaba fuera de toda duda. Y es que el alto tribunal consideró que el texto de la ley (que facultaba al ejecutivo a aprobar normativa reglamentaria para cada sector de la industria con la particularidad de que esa normativa emanada del ejecutivo tendría la fuerza de ley) conculcaba el texto constitucional.

Los anteriores datos los tomo de las páginas 42, 44 y 45 de la magnífica crónica de Jeff Shehol Supreme Power, Franklin Roosevelt v. the Supreme Court (W.W. Northon Company, 2010).

Franklin Roosevelt, por tanto, no hacía más que dar un paso más que uno de sus predecesores en el cargo, el no menos célebre Theodore Roosevelt, una de cuyas antológicas frases era: “Speak softly, but carry a big stick” (Habla suavemente, pero llevando un buen garrote).

No hace falta cruzar un océano y retroceder en el tiempo para encontrar concepciones similares acerca del poder y el derecho. En cierta ocasión, la regidora de una populosa ciudad norteña, al ser informada de que cierta actuación que pretendía llevar a cabo no era ajustada a Derecho, sorprendió a los presentes con un principio similar al enunciado por Thomas Gore: “Bueno, pero aparte de ser ilegal ¿hay algún problema para hacerlo?”. Y no faltan ejemplos mucho más recientes donde las autoridades consideraron que el fin justificaba los medios, aunque ello implicase conculcar normativa legal e incluso constitucional cercenando derechos fundamentales, tan sólo porque aparentemente la bondad de las intenciones y lo legítimo de la finalidad purificaba a la actuación llevada a cabo de todo óbice de ilegalidad.

Lo paradójico es que el poder tan sólo utiliza esta tesis maquiavélica cuando es el sujeto activo o el beneficiario último de las actuaciones llevadas a cabo, pues si son otros entes públicos o privados quienes pretenden aplicar dicha tesis, entonces se vuelve al clásico principio del estado de derecho como gobierno de leyes, y no de hombres.

En la magnífica serie estadounidense Blue Bloods podemos encontrar varios ejemplos típicos donde se ilustran diferentes puntos de vista acerca de las relaciones entre el poder y el derecho. En la citada serie se narra el devenir cotidiano y las peripecias de la familia Regan, vinculada desde tiempo inmemorial al cuerpo de la Policía de Nueva York, pero cuyos miembros tiene una visión distinta del actuar. El abuelo, Henry Regan (que había sido el Jefe de Policía de Nueva York en los años ochenta del siglo XX, donde había culminado una carrera que había iniciado de joven patrullando las calles) tenía lógicamente la mentalidad típica de los años sesenta, donde lo prioritario era la eficacia policial. Su hijo Frank, actual jefe de la policía neoyorkina (donde ha llegado, como su padre, tras empezar como simple agente patrullero y ascender progresivamente) cuenta con una visión más moderna y trata de aunar eficacia con respeto a las libertades, debiendo en ocasiones utilizar la mano izquierda en sus enfrentamientos con los políticos. Los tres hijos de Frank tienen visiones muy contrapuestas, dado que el mayor, el inspector Danny Regan hereda la visión de su abuelo (eficacia en la acción policial ligada a la justicia material) mientras que el menor el sargento Jamie Regan, es mucho más legalista y prima el Derecho sobre la acción. Erin Regan, la hermana mayor de Danny y Jamie, es la única integrante de la familia que no es miembro de las fuerzas del orden, sino que trabaja en la fiscalía, por lo que su visión es estrictamente jurídica.

Pues bien, en el primero de los episodios, la policía logra capturar a un individuo que tenía secuestrada a una menor de edad con problemas de diabetes y que, por tanto, su vida corría peligro si no se le suministraba la medicación en un plazo breve de tiempo. El detenido había reconocido el secuestro, pero se negaba a facilitar a la policía la ubicación de la menor. El inspector Danny Regan actuó como lo hubiera hecho su abuelo: cogió al delincuente por el cuello y le metió en varias ocasiones la cabeza en el inodoro hasta que, finalmente, terminó confesando, por lo que la policía terminó encontrando a la menor justo cuando parecía que sus posibilidades de sobrevivir se habían esfumado. Cuando toda la familia, reunida alrededor de la mesa familiar (cada uno de los episodios tienen una escena donde todos los miembros de la familia se reúnen para almorzar los domingos) surge como tema de conversación la peculiar actuación del inspector, cuando la fiscal reprocha a su hermano el modo de proceder diciendo que, por muy loables y bienintencionados que fuesen sus actos, podían traer consecuencias, el abuelo Henry, al ser informado del motivo de la discordia, lo zanjó como lo hubiesen hecho en los viejos tiempos: “Ah, ¿Es eso? Pensé que era algo más grave

¿Fue la actuación del inspector Regan acorde a Derecho? Aplicando estrictamente la normativa es claro que no. Pero aplicando los principios jurídicos rooseveltianos, la respuesta sería diametralmente la contraria. Porque, recuérdese: “Si es necesario, es correcto. Y si es correcto, es legal”.

INFORME DEL SENADO ESTADOUNIDENSE SOBRE LAS ACTIVIDADES DEL HIJO DE BIDEN Y EL «SÍNDROME DE PELOTO» DE LOS MEDIOS ESPAÑOLES.

En una de las escenas con las que el recordado Escobar ilustraba una aventura de sus inmortales Zipi y Zape, nos ofrecía una estampa evocadora de las costumbres en los colegios de antaño. Se trataba de una situación que se producía con cierta habitualidad, y que el lápiz del dibujante tornó de dramática en cómica. Se trataba del habitual “examen de carteras” efectuado por el profesor. Así, cuando don Minervo (figura a través de la cual se retrataba a todo el colectivo de maestros de escuela, tan bienintencionados y paternales como autoritarios), demanda a sus alumnos que permanezcan firmes y con las carteras a la vista, uno de los alumnos, Peloto Chivatez (cuyo nombre y apellidos ilustraban a la perfección su carácter, acentuado por la silueta con la que Escobar le adornaba) se apresuraba a contestar: “Usted mande, don Minervo. Nuestra obligación de alumnos es obedecer”. He aquí la viñeta en cuestión:

Peloto Chivatez honrando su nombre.

Hoy en día, Peloto ilustraría a la perfección el comportamiento de los medios de comunicación, de tal forma que la frase vertida por aquél podrían asumirla perfectamente todos y cada uno de los medios de comunicación (tanto españoles como estadounidenses) a la hora de abordar las noticias que afectan a Joseph Biden y a su entorno más próximo. Tal afirmación puede acreditarse por un hecho objetivo que, sin embargo, los medios de comunicación silenciaron totalmente. Nos referimos al Informe elaborado el 18 de septiembre de 2020 por el Comité del Senado para la Seguridad Interior y Asuntos Gubernamentales, y que llevaba por significativo título: “Hunter Biden, Burisma y Corrupción. Impacto en la política del gobierno y materias relacionadas.” Se trata de un documento de ochenta y siete páginas (que el lector interesado puede encontrar aquí) documentando exhaustivamente las andanzas del hijo del entonces Vicepresidente Biden y la forma en que su turbio proceder afectaba a la gestión estadounidense en el exterior. Quienes se pasaron literalmente cuatro años día sí y día también relatando los oscuros negocios de Donald Trump, incluso utilizando como fuente simples libros, no consideraron apropiado informar sobre este episodio (por otra parte, de conocimiento bastante extendido allende los mares) que afecta al entorno del próximo inquilino de la Casa Blanca, quizá porque consideraban que el público “no esta preparado” para comprenderlo o porque debía mantenerse a los espectadores en una calculada ignorancia sobre el particular. Quizá por tan ominoso silencio, algún “Abad” debiera ser degradado a simple “Monaguillo”.

Pero veamos lo que dice el informe. Traduciremos literalmente las tres primeras páginas, donde se ofrece un apretado resumen de todos los hechos e informaciones obtenidas. He aquí lo que dicen esas páginas incluidas, insistimos, en un documento público oficial emanado de la Cámara Alta estadounidense:

I. BREVE RESUMEN.

A finales de 2013 y principios de 2014, surgieron protestas masivas en Kiev, Ucrania, solicitando la integración en las economías occidentales y poner fin a la corrupción sistemática que se había extendido a lo largo del país. Al menos 82 personas fueron asesinadas durante las protestas, que culminaron el 21 de febrero cuando el presidente ucraniano Victor Yanukovych renunció al abandonar el país. Menos de dos meses después, durante un lapso de tan sólo 28 días, tuvieron lugar acontecimientos significativos que afectaban a los Biden.

El 16 de abril de 2014, el Vicepresidente Viden se reunió en la Casa Blanca con Devon Archer, socio de su hijo. Cinco días después, el Vicepresidente Biden visitó Ucrania, y poco después fue descrito en la presa como el “rostro público de la Administración en lo relativo a las relaciones con Ucrania” El día siguiente al finalizar dicha visita, el 22 de abril, Archer se incorporó al Consejo [de Administración] de Burisma. Seis días después, el 28 de abril, oficiales británicos se incautaron de 23 millones que en cuentas londinenses poseía Mykola Zlochevsky, propietario de Burisma. Catorce días después, el 12 de mayo, Hunter Biden se incorporó al Consejo [de Administración] de Burisma, y durante el curso de los siguientes años, Hunter Biden y Devon Archer recibieron por su participación en dicho órgano millones de dólares de una corrupta oligarquía ucraniana.

Las protestas que tuvieron lugar en Kiev durante el año 2014 se conocieron como la Revolución de la Dignidad, una revolución contra la corrupción en Ucrania. A consecuencia de dicha revolución, figuras políticas ucranianas buscaron desesperadamente apoyo de los Estados Unidos. Zlochevsky se habría asegurado que relevantes cargos públicos ucranianos estuvieran al tanto del nombramiento de Hunter en Burisma, a modo de protección. La posición de Hunter Biden en el Consejo creó un inmediato potencial conflicto de intereses que se demostraría problemático tanto para los Estados Unidos como para cargos públicos ucranianos y que afectaría al desarrollo de la política en Ucrania.

Las investigaciones del Presidente del Comité sobre estos potenciales conflictos de intereses comenzaron en agosto de 2019, con la carta de Grassley al Departamento del Tesoro respecto a potenciales conflictos de intereses con respecto a la política de la administración Obama en relación a la transacción Henniges. Durante la administración Obama, el Comité sobre Inversiones Exteriores en los Estados Unidos (CFIUS) aprobó una transacción que daría control sobre Henniges, un fabricante americano de tecnologías de antivibración con aplicaciones militares, a una compañía de aviación propiedad del gobierno chino y a una firma de inversión que tenía lazos con el gobierno chino. Una de las compañías implicadas en la transacción Henniges era una fundación privada denominada Bohai Harvest RST (BHR). BHR fue creada en noviembre de 2013 mediante una fusión entre la compañía gubernamental china Bonhai Capital y una compañía denominada Rosemont Seneca Partners. Rosemont Seneca se creó en 2009 por Hunter Biden, hijo del entonces Vicepresidente Joe Biden, y Chris Heinz, hijastro del anterior Secretario de Estado John Kerry, entre otros.

El acceso a testimonios y documentación relevante fue obstaculizada debido a investigaciones penales, procedimientos de impeachment, COVID-19 y diversos intentos de comportamiento obstructivo. Por ello, la presente investigación ha durado más de lo debido. Los esfuerzos del Presidente [del comité] han sido guiados por la creencia de que el público tenía derecho a conocer lo relativo a los comportamientos y conflictos de intereses que han tenido lugar dentro del gobierno, especialmente aquellos que afectaban a los actos de cargos públicos. La presente es una investigación supervisora del gobierno que descansa en documentos y testimonios de oficiales y agencias estadounidenses, no una campaña de desinformación rusa, como nuestros colegas Demócratas han manifestado falsamente.

Lo que el Presidente [del Comité] ha descubierto durante el curso de esta investigación es que la administración Obama conocía que la posición de Hunter Biden en el Consejo de Burisma era problemático e interfería en la eficiente ejecución de la política con respecto a Ucrania. Más aún, esta investigación ha ilustrado hasta qué punto oficiales dentro de la administración Obama ignoraron los clarísimos signos cuando el hijo del vicepresidente se incorporó al Consejo de una compañía propiedad de un corrupto oligarca ucraniano. Y, como se comprobará más adelante, Hunter Biden no fue el único Bidhen que obtuvo beneficios bajo la vicepresidencia de Joe Biden.

Este informe no sólo detalla ejemplos de extensivas y complejas transacciones financieras relativas a los Biden, sino que también describe los apuros sufridos por varios cargos oficiales cuando intentaron orientar y apoyar los esfuerzos contra la corrupción ucraniana. Los Comités continuarán evaluando la información y las pruebas según se vayan haciendo disponibles.

Hechos claves

A principios de 2015, George Kent, antiguo Jefe Adjunto en funciones de la Misión en la Embajada de los Estados Unidos en Kiev, Ucrania, elevó a miembros de la oficina del Vicepresidente Joe Biden sus preocupaciones sobre la percepción de un conflicto de intereses con respecto al rol de Hunter Biden en el Consejo de Burisma. Las preocupaciones de Kent no fueron atendidas, y en septiembre de 2016 éste enfatizó las mismas en un correo electrónico remitido a sus colegas: “Más aún, la presencia de Hunter Biden en el Consejo de Burisma era muy embarazosa para todos los cargos públicos estadounidenses que buscaban apoyar los esfuerzos anticorrupción en Ukrania.” [en negrita en el original]

En octubre de 2015, Amos Hochstein, cargo público del Departamento de Estado, manifestó al Vicepresidente Biden, así como a Hunter Biden, sus preocupaciones debido a que la posición de Hunter en el Consejo de Burisma permitía los esfuerzos de desinformación de Rusia y corría el riesgo de minar la política estadounidense en Ucrania.

Aunque Kent creyó que el rol de Hunter Biden en Burisma era embarazoso para todos los cargos públicos que apoyaban la agenda anticorrupción en Ucrania, los Comités tan sólo tienen constancia que dos individuos (Kent y Amos Hochstein, antiguo enviado especial y coordinador para Asuntos de Energía Internacional), manifestaron sus preocupaciones al Vicepresidente Biden (Hochstein) o a su equipo (Kent).

Las incomodidades para los cargos de la administración Obama continuaron más allá de su presidencia. John Kerry, anterior Secretario de Estado, tenía conocimiento del rol de Hunter Biden en el Consejo de Burisma, pero cuando se le preguntó sobre el particular en una reunión celebrada en Nashua, N.H el 8 de diciembre de 2019, afirmó falsamente: “No tenía conocimiento de nada de Eso. Nada. No”. En la sección V del presente informe se suministran pruebas que lo contradicen.

Victoria Nuland, anterior Secretaria de Estado para los Asuntos Europeos y Eurasiáticos, testificó que enfrentarse a los oligarcas enviaría un mensaje de anticorrupción en Ukrania. Kent manifestó al Comité que Zlochevsky era un “oligarca odioso”. Sin embargo, en diciembre de 2015, en lugar de seguir los objetivos estadounidense de enfrentarse a los oligarcas, el equipo del Vicepresidente Biden le aconsejó evitar comentarios sobre Zlochevsky y le recomendó decir: “No voy a entrar a dar nombres o acusar a individuos”.

Hunter Biden estuvo en el Consejo de Burisma (aparentemente informando sobre gestión corporativa y transparencia) cuando Zlochevsky aparentemente pagó un soborno de 7 millones de dólares a funcionarios que actuaban bajo Vitaly Yarema, fiscal general de Ukrania, para “cerrar el caso frente a Zlochevsky”. Kent testificó que ese soborno tuvo lugar en diciembre de 2014 (siete meses después de que Hunter Biden se uniese al Consejo de Burisma) y que una vez tuvo conocimiento del mismo, tanto él como el Asistente Legal informaron de ello al F.B.I.

Hunter Biden fue un progegido del Servicio Secreto Estadounidense desde el 29 de enero de 2009 hasta el 8 de julio de 2014. El día antes de su último viaje como protegido, la revista Time publicó un artículo informando que Burisma había incrementado los esfuerzos para ganarse a cargos estadounidenses, así como la implicación de Hunter Biden en el Consejo de Burisma. Antes de finalizar su etapa como protegido, Hunter Biden recibió protección del Servicio Secreto en viajes a múltiples ciudades extranjeras, incluidas Moscú, Pekín, Doha, París, Seul, Manila, Tokio, Ciudad de Mexico, Milán, Florencia, Shanghai, Ginebra, Londres, Dublín, Munich, Berlín, Bogotá, Abu Dhabi, Nairobi, Hong Kong, Taipei, Buenos Aires, Copenhagen, Johanesburgo, Bruselas, Madrid, Mumbai y Lago Como.

Andrii Telizhenco, según los Demócratas la personificación de la desinformación rusa, se reunió al menos diez veces con cargos de la administración Obama, incluyendo a Elisabeth Zentos, miembro del Consejo de Seguridad Nacional bajo Obama. Una compañía de presión demócrata, Blue Star Strategies, contrató con Telizhenko entre 2016 y 2017 y continuó requiriendo su asistencia en fechas tan recientes como 2019. Un reciente artículo de prensa detalla otros amplios contactos entre Telizhenko y cargos de la administración Obama.

Además de los más de 4 millones de dólares que Burisma abonó a Hunter Biden y a Archer como miembros del Consejo, Hunter Biden, su familia y Archer recibieron millones de dólares de nacionales extranjeros con antecedentes cuestionables.

Archer recibió 142.300 dólares de Kenges Rakishev de Kazajistán, aparentemente por la venta de un vehículo, el mismo día que el Vicepresidente Joe Biden compareció con el primer ministro ucraniano Arsemy Yasenyuk y se dirigió a los diputados ucranianos en Kiev en relación a las acciones de Rusia en Crimea.

Hunter Biden recibió 3,5 millones de dólares de una transferencia de Elena Baturina, mujer del anterior alcalde de Moscú.

Hunter Biden abrió una cuenta Bancaria con Gorgwen Dong para financiar una juerga con James Biden y Sarah Biden.

Hunter Biden tiene asociaciones laborales con Ye Jianming, Gongwen Dong y otros nacionales chinos vinculados al gobierno comunista y al Ejército de Liberación del Pueblo. Estas asociaciones reportaron millones de dólares en movimientos de dinero.

Hunter Biden pagó a mujeres no residentes nacionales de Rusia y de otros países europeos y que aparecieron vinculadas a una “red de tráfico humano o de prostitución del este de Europa.”

La cita ha sido larga, pero creo que merecía la pena incorporarla. Insistir en que no se trata de un artículo de prensa, ni la información de un medio de comunicación, sino nada menos que de un informe elaborado por un Comité del Senado y elaborado tras el examen de documentación oficial y de la deposición de numerosos testigos. Y creo que incluso el más generoso de los lectores coincidirá en que, cuando menos, los hechos expuestos desprenden cierto tufillo a corrupción de Biden (Hunter y, por extensión, su padre Joe, pleno conocedor de los hechos).

Sin embargo, los medios de comunicación españoles mantuvieron un silencio tan elocuente como el del recordado Harpo Marx, con la diferencia que éste, cuando menos, se hacía entender por medio de gestos y silbidos, mientras que la prensa española, como el no menos recordado Peloto Cotillez, optó por rendirse a quien manda, y como en este caso lo que se mandaba era desplegar un tupido velo de silencio en todo lo que rodeaba a Joseph Biden, pues simplemente, obedecieron entusiastas la consigna.

Jeffrey Toobin, analista del New Yorker (publicación de la que fue despedido al mostrar, en un descuido, sus partes nobles en plena videoconferencia) en su último libro, High Crimes and Misdemeanors (una crónica sobre el procedimiento de impeachment contra Donald Trump) se preguntaba las consecuencias de que una persona incurría en comportamientos inapropiados, y la respuesta que ofrecía era que sería elegida como presidente. A la vista de lo ocurrido con Joseph Biden, no cabe duda que tal afirmación es cierta. Pero mientras los medios en pleno se pasaron un cuatrienio atacando a Donald Trump un día sí y otro también, casi con total seguridad se pasarán los próximos cuatro entonando loas elegíacas a la lozanía, reflejos y juventud de Joseph Biden.

DEMOCRACIA ¿ESCUDO O ARIETE? REFLEXIONES CON OCASIÓN DE UN TEXTO DE ALEJANDRO NIETO

Siempre resulta estimulante la lectura de los trabajos de Alejandro Nieto, ya sea su voluminoso y concienzudo análisis sobre las Cortes Constituyentes de 1837 (publicado con el título Mendizábal: apogeo y crisis del progresismo civil), su impagable y obligada elaboración dogmática sobre el régimen sancionador administrativo general (Derecho Administrativo sancionador) o sus agudas y reflexivas críticas a las disfunciones existentes en el régimen constitucional, publicadas en varias obras que hace casi una década refundió en su ensayo El desgobierno de lo público. Hoy en día, retirado de las aulas universitarias, perpetúa sin embargo sus lúcidas observaciones en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, institución donde cada martes los académicos suelen exponer en una breve síntesis sus reflexiones sobre una materia relacionada con la disciplina en la que se formaron y en virtud de la cual adquirieron la condición de miembros de tal entidad.

Pues bien, el pasado martes día 14 de enero de 2020 don Alejandro Nieto disertó sobre El pasado democrático español, título de su intervención en el pleno semanal que no dejará indiferente a nadie y seguramente levantará ampollas, dado que, fiel a su estilo, Alejandro Nieto hace gala de un realismo extremo con un valor personal al que no le tiembla el pulso traspasar las barreras de la cada vez tristemente más omnipresente corrección política. Y es que a Nieto no le interesa disertar desde las cumbres del Olimpo exponiendo la brillantez del mundo de las ideas que pululan en el demiurgo, sino que analiza las mismas en su contacto con la realidad; no rodeadas de néctar y ambrosía, sino cubiertas de barro y lodo o, “con el polvo del camino”, por utilizar la expresión de un siniestro personaje vinculado al mundo judicial. Junto a ese realismo alejado de los tópicos demagógicos y fáciles, tampoco rehúsa don Alejandro, si es preciso, constatar que el emperador va desnudo, y no cubierto con un traje nuevo que únicamente pueden ver los iniciados.

La disertación de Alejandro Nieto ocupa doce páginas que destilan brillantez, erudición y valentía en cada una de sus líneas y de sus palabras. La misma puede dividirse en dos partes perfectamente diferenciadas: una, dedicada a unas reflexiones generales sobre la democracia y otra, la aplicación o traslación de esas reflexiones iniciales a la historia constitucional española.

Primero.- Reflexiones generales sobre la democracia.

Alejandro Nieto principia ya con una frase altamente provocadora que a los fundamentalistas democráticos seguramente parecerá una herejía:

“La democracia no es un ente real sino una construcción intelectual que, desde la abstracción de un tipo ideal, se aplica a fenómenos históricos reales tan diferentes como pueden ser la monarquía de Amadeo de Saboya, la Segunda República o la monarquía postfranquista.”

El problema radica precisamente en el choque entre una concepción puramente intelectual con la realidad tangible y cotidiana:

“cuando se examinan esos regímenes singulares salta a la vista inmediatamente que en todos falta alguno o algunos elementos que parecen esenciales del tipo. ¿Qué hacer entonces: retirarles la calificación ateniéndonos a un concepto estricto o riguroso? ¿O simplemente admitir la existencia de democracias “fuertes” y democracias “débiles” según que se aproximen más o menos a las características de este tipo ideal”

Porque, como continúa indicando Nieto unas páginas más adelante:

“Para la realización efectiva y concreta de un tipo ideal político no basta con buenas intenciones, sino que es preciso un paciente aprendizaje de evitación de errores y de prácticas honestas”.

Precisamente por la anterior circunstancia, es decir, por el choque y la disfunción entre un concepto intelectual que, al descender a la realidad cotidiana, pierde todas o alguna de las características que en abstracto posee, es lo que permite que la democracia, un principio inspirador de la organización gubernamental, se convierta en un arma arrojadiza en manos de la clase política:

Descalificar por antidemocrático un régimen es tan sencillo que ha llegado a ser una práctica política habitual […] un enjuiciamiento aparentemente teórico se convierte así en un arma política envenenada

La consecuencia de lo anterior es evidente, y en unos párrafos que hacen recordar las prevenciones que el filósofo Gustavo Bueno hacia los que calificaba de “fundamentalistas democráticos” (recordemos que el ya desaparecido filósofo decía que éstos eran “peligrosísimos” para la democracia), Nieto afirma:

Los peores enemigos de la democracia no son quienes dentro de ella quebrantan ocasionalmente sus principios sino los que sistemáticamente la falsifican creando una seudodemocracia para engañar a propios y ajenos y, más refinadamente todavía, los que vacían su alcance mediante manipulaciones […] la gran tentación del mundo actual es la de cubrir las gestiones más ineficaces y los comportamientos más corruptos con el manto intocable de la democracia, a la que se convierte así en tapadera de prácticas procaces, en agua del Jordán que purifica las desviaciones más torticeras de los gobiernos, como si el pertenecer al a selecta comunidad de las naciones democráticas fuera un seguro frente a la crítica, una garantía de buen hacer, una póliza de solidaridad y apoyo para todas las dificultades. Y no menos habitual es la práctica de una trampa de sentido inverso, que consiste en magnificar la presencia de una mancha o carencia impropia del tipo ideal para descalificar globalmente un régimen

Ya tenemos, pues, la democracia, paradójicamente, como arma arrojadiza y como escudo defensor. La democracia puede convertirse en un poderoso ariete contra quienes detentan el poder, en cuanto la acusación de incurrir en comportamientos “poco” o “anti” democráticos es un estigma. Pero, a la vez, puede convertirse en un escudo defensor para quienes, como bien argumenta Nieto, encubren los comportamientos más soeces, intolerables e incluso a veces ilícitos apelando a la democracia. Ejemplos concretos y muy recientes son de todos conocidos, por lo que sobra enunciarlos en este momento.

Pero, además, no olvidemos que incluso las tiranías más repugnantes que han existido se autocalificaban de “democracias populares”, y que el pensamiento conservador alemán creó para oponerse a los postulados de la Revolución francesa la calificada de “democracia orgánica” que, contra lo que hoy siguen manifestando algunos, no es un invento o creación franquista, sino una elaboración del filósofo alemán Ahrens que siguieron ideólogos tan peculiares como los krausistas y que incluso en nuestro país sistematizó nada menos que Salvador de Madariaga en un en su día bastante conocido y hoy casi olvidado libro escrito en 1934, Anarquía o jerarquía, donde abogaba por un sistema organicista. Libro este último, por cierto, uno de cuyos ejemplares el autor envió dedicado al entonces jefe del Estado Mayor Central de la República, un general de división llamado Francisco Franco.

Segundo.- ¿Ha existido alguna vez una auténtica democracia en España?

Eso es lo que Alejandro Nieto pretende solventar en lo que constituye el núcleo esencial de su breve ensayo. Se trata ya, una vez enunciada la tesis principal, de aplicarla a nuestra historia constitucional. Lo que efectúa acudiendo tanto a la historia como a la ciencia política.

Y es aquí donde nos encontraremos con afirmaciones que no todos compartirán, pero que el autor justifica acreditadamente. Por ejemplo, como cuando, refiriéndose a los diputados gaditanos de las Cortes de Cádiz afirma que: “se autotitularon -puesto que nadie les había elegido, representantes de la nación y que por azares de la vida, por tales les reconocieron parte de sus contemporáneos y todos los historiadores posteriores” para continuar afirmando, en este caso con un aserto de veracidad rotunda, que “un régimen democrático impuesto a tiros poca vida puede tener”. Afirmación esta última que me recuerda la frase que en el divertidísimo film The Teahouse of the August Moon (La casa de té en la luna de agosto) pronunciaba el coronel Wainwright Purdy III (interpretado por Paul Ford, sustituyendo a Louis Calhern, que falleció de un infarto en mitad del rodaje): “Es mi trabajo enseñar democracia a estos okinawas. Y van a aprender democracia, aunque tenga que fusilarlos a todos!”

No dejan de sorprender, por la enorme valentía del autor, las afirmaciones que sostiene al analizar las dos repúblicas y el franquismo. Respecto a la Primera República, admite que la misma “no se proclamó desde un balcón o en un cuartel sino pacíficamente en el seno de una Asamblea Nacional, eso sí, ilegítimamente constituida y bajo la presión callejera de unas masas populares aparentemente pacíficas pero de inequívoca actitud amenazadora.” De la Segunda afirma que “se vio obligada desde un principio a caminar en la cuerda floja de extremismos de izquierda y de derecha y al final perdió el equilibrio y cayó al suelo de mala manera”, amén de precisar que “nació mal, dese luego, puesto que fue una república de balcón y no votada democráticamente, aunque bien es verdad que ese pecado original se olvida pronto.” Pero, sobre todo, dice mucho de la honestidad intelectual del autor y de su valentía el atreverse a incluir el siguiente párrafo:

“La mejor lección que nos da el Franquismo es la de invitarnos a reflexionar sobre la inmensa capacidad del ser humano, y en particular de los ideólogos, de percibir la paja en el ojo anejo y no ver la viga en el propio. Quienes hemos vivido personalmente el Franquismo desde el primero de sus días hasta el último y no le conocemos solamente por las sospechosísimas referencias de sus apologetas de antaño y sus debeladores de hogaño todos igualmente sectarios, estamos asombrados de la infidelidad del retrato que de él se hace. ¿Cuántas décadas tendrán que pasar para que pueda escribirse una historia fiable de aquel tiempo? Me temo que cuando desaparezcamos los últimos testigos -y ya no falta mucho- será ya tarea imposible.”

Dicho sea animus iocandi, esperemos que nadie invoque al respecto las previsiones de la Ley 52/2006 de 26 de noviembre.

Tercero.- Conclusión.

Al finalizar la lectura del breve texto, a uno le queda una sensación entre agridulce y amarga. La democracia pasa a ser no ya el “peor de los sistemas, excluidos todos los demás”, sino una simple construcción teórica cuya plasmación en el mundo real gozará siempre de imperfecciones. Pero, sobre todo, se despeja o aclara una idea básica: de ser un principio inspirador pasa a ser un arma arrojadiza para unos y un escudo protector para otros. Todos los sistemas pretenden legitimarse calificándose de “democráticos”, calificativo del que se abusa casi tanto como del hoy omnipresente “fascista”, término éste que el noventa y cinco por ciento de quienes lo usan desconocen su auténtico significado.

En sus acervas críticas a la Constitución de 1812, el español José María Blanco efectuó una afirmación que muchos consideran imposible, pero que es incontestable: las tiranías pueden provenir del legislativo. Lo cual lleva a una interesantísima reflexión filosófica sobre las relaciones que han de existir entre mayoría y democracia, y que Alejandro Nieto resume de forma antológica en el siguiente párrafo:

“De aquí surge la gran pregunta: ¿hasta qué punto es democrático un régimen por muy bien que cumpla las condiciones de esta naturaleza, si la mitad de los ciudadanos están en contra de un dato esencial, como puede ser la forma de gobierno o la integración tradicional del Estado? La respuesta habitual es aritmética: la voluntad de la mayoría. Ahora bien, una mayoría puede tiranizar a una minoría. ¿Qué legitimación para imponer su voluntad sobre la mitad menos uno tiene la mitad más uno de los ciudadanos de un país o de una comunidad autónoma? ¿Qué equilibrio puede haber en unas instituciones públicas y en una sociedad cuando la mayoría se apoya en un puñado de votos que van alternando en cada período electoral? He aquí el telón de Aquiles de una constitución democrática. ¿Es la democracia una calidad política que puede articularse y ordenarse en términos matemáticos? Las relaciones entre la democracia y los números distan mucho todavía de estar bien expresadas”

En definitiva, una intervención, la de Alejandro Nieto, que merece la pena leer y que da pie a reflexiones de hondo calado.

ALEJANDRO NIETO TEORIZA SOBRE LA «DEMOCRACIA CALLEJERA.»

MANIFA

Siempre es gratificante detenerse en las atinadas reflexiones de Alejandro Nieto, una de las voces más autorizadas no sólo en el ámbito del Derecho público, sino de la historia en general. En sus obras históricas siempre ha intentado bien arrojar luz sobre episodios no suficientemente conocidos de nuestro pasado, caso, por ejemplo de Los sucesos de palacio (que fue precisamente su discurso de ingreso en la Academia de Ciencias Morales y Políticas), donde ilustraba sobre los acontecimientos que precipitaron la defenestración de Salustiano Olózaga; o bien iluminaron ciertas etapas históricas que ya fueron objeto de análisis previo, pero que el profesor Nieto opta por acercarse a ellas bajo un nuevo enfoque, como ocurrió con sus dos extensos estudios sobre la Regencia de María Cristina y el gobierno Mendizábal. Como jurista, sus aproximaciones al mundo del derecho tienen la original impronta de no prescindir de un elemento absolutamente indispensable del cual, sin embargo, los restantes autores prescinden: el mundo real. Y es que, en efecto, los manuales y estudios dogmáticos de la disciplina iuspublicista si alguna característica poseen es la de estar elaborados al margen de la realidad, desde las privilegiadas y apacibles atalayas que ofrecen cátedras o despachos situados de espaldas a los eventos diarios que acontecen en la rúa que, de incluirse, se desechan como meras anécdotas o disfunciones puntuales del sistema, aun cuando tales “disfunciones” sean en la práctica mucho más frecuentes de lo que se expone.

Por lo anterior es muy recomendable echar un vistazo a las disertaciones que, de cuando en cuando, Alejandro Nieto ofrece en los plenos que tienen lugar los martes en el seno de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, donde expone de forma rigurosa y didáctica no reñida con la amenidad sus reflexiones sobre temas de notoria y notable actualidad; disertaciones que ulteriormente la propia Real Academia hace públicas en forma escrita. La última de esas intervenciones tuvo lugar el pasado día treinta de octubre, y en la misma don Alejandro diserta sobre lo que ha dado en calificar como Democracia callejera, que es precisamente la intitulación de su discurso, y al que el lector interesado puede acceder íntegramente a través del siguiente enlace.

El origen de esa “democracia callejera” se encuentra precisamente en la crisis de la democracia representativa a causa de la degeneración de ésta, crisis debida a dos hechos interrelacionados. El primero, el reducido margen de maniobra que tiene el ciudadano, a quien se relega única y exclusivamente a emitir una papeleta en la urna cada cuatro años; el segundo, la quiebra del principio de confianza entre representantes y representados. Nieto resume esa quiebra o declive de la democracia representativa en estos términos:

El punto débil de este régimen se encuentra, por tanto y en lo que aquí interesa, en la posibilidad de distanciamiento entre el pueblo y sus mandatarios. Cuando los gobernantes no responden a la confianza de sus mandantes, incumplen sus promesas electorales, son ineficaces o se entregan a la corrupción, nada pueden hacer los ciudadanos mientras no expire el plazo del mandato. La política está exclusivamente en manos de los políticos: los ciudadanos son meros observadores que sólo disfrutan de su soberanía en los episodios electorales previamente señalados. Pueden “criticar” a los políticos pero nada pueden “hacer” contra ellos hasta las siguientes elecciones. Su equivocación electoral no tiene arreglo salvo que intervenga una fuerza externa y “salve al país” con un golpe de Estado.

Es entonces cuando surge la denominada “democracia callejera”, que no es otra cosa que la expresión de descontento de las masas efectuada no en las urnas, sino mediante la toma de las calles en forma más o menos pacífica. El alcance de la misma no es similar en todos los casos, pues como bien se indica en el estudio hay quienes acuden a la misma entendiéndola como un “sistema político alternativo a la democracia representativa” mientras que otros la conciben como “contrapoder que equilibra los poderes constitucionales oficiales.

Es de destacar que, pese a tener una edad provecta, el profesor Nieto no ha permanecido anclado en sistemas o conceptos arcaicos, sino que hace gala de una interpretación jurídica y política muy apegada a la realidad. Ello lo demuestra, por ejemplo, al referirse al término “violencia”, dado que una de las características que se predica de la democracia callejera es, precisamente, la no violencia. Ahora bien, ha de desecharse el concepto tradicional del vocablo (entendido como “uso de armas de fuego”). Vuelve a ser indispensable citar al maestro en otro de sus lucidísimos párrafos que revela la superación del significado tradicional de “violencia” al que, sin embargo y de forma harto paradójica, los políticos profesionales siguen agarrándose:

La democracia callejera se proclama no violentos y los manifestantes efectivamente no van armados. Ahora bien ¿Qué es violencia? Una pregunta que no tiene respuesta segura. Instintivamente se equipara al uso de armas de fuego. Criterio que no por extendido puede sostenerse. Cada día se informa de encuentros entre policías y manifestantes “pacíficos” que se cierran con un balance de docenas de heridos –eso sí: ninguno de bala- de los dos bandos, vehículos y contenedores incendiados, escaparates rotos, carreteras y vías férreas bloqueadas –pero sin empleo de explosivos. Y se declara que no hay violencia. El criterio identificador del uso de armas de fuego es, con todo, insostenible.

Otra de las características de la democracia callejera es su concepción como espectáculo. En efecto, de todos es sabido que uno de los objetivos principales (si no el único) de las manifestaciones y bullangas callejeras es precisamente llamar la atención, lo cual es sumamente fácil en el mundo actual, gracias a la interconexión e inmediación que ofrecen las redes sociales, que permiten extender las noticias en tiempo real y, en ocasiones, lograr resultados objetivos a los cuales no se llegaría por los canales ordinarios u oficiales. Tampoco me resisto a transcribir otro breve párrafo en el que se pone en solfa la pretendida “espontaneidad” de este tipo de manifestaciones:

A la espontaneidad ha seguido la organización y a la organización la instrumentalización. En la democracia deambulante se vota con los pies; pero encajados en el desfile vamos a donde nos lleve el que va delante, como las orugas procesionarias, admirable modelo de disciplina y eficacia.

Jamás una asonada estuvo organizada de forma espontánea, sino que en cualquier tipo de manifestación, algarada, bullanga, motin, conflicto, determinadas personas (en la gran mayoría de los casos, ocultas bajo siete velos pues su intención es precisamente mantenerse en la sombra) son quienes promueven las mismas siendo la masa ciudadana quien lleva a cabo lo que un tercero ha ideado por ella. Es lógico que en un país donde el mito o leyenda de Fuenteovejuna ha calado hasta los huesos de la cultura nacional se idealice el poder de la reacción “espontanea”, pero cualquiera que se haya asomado a tal episodio utilizando fuentes históricas y no la célebre comedia lopesca (brillantísima desde el punto de vista literario pero lamentable desde el punto de vista histórico) sabrá que fue una persona muy concreta quien se encontraba detrás del movimiento; como tampoco fueron, precisamente, motines espontáneos el de Esquilache o el de Aranjuez, y ni tan siquiera el del dos de mayo. Siempre hay una mano interesada detrás. Nieto muestra pruebas evidentes de esta ausencia de espontaneidad al analizar precisamente las manifestaciones populares que tuvieron lugar a raíz de la célebre sentencia de “la manada”. En efecto, a los pocos minutos de hacerse pública la resolución, las calles se inundaron de voces protestando por una sentencia “injusta”……sentencia que contaba con doscientas páginas que era materialmente imposible que ninguno de los manifestantes se hubiese leído, por lo que, como acertadamente concluye Nieto, debido a la rapidez y simultaneidad con que se efectuaron: “hace sospechar que ya estaba todo preparado y sólo se esperaba la señal”; de la misma forma que el 17 de marzo de 1808 tan sólo se esperaba la señal del conde de Montijo (convenientemente disfrazado de “tío Pedro”) para que con una bien preparada y organizada “espontaneidad” diese inicio el estallido popular contra Godoy.

No puede negarse que, históricamente, el pueblo español ha hecho gala de un carácter anárquico y una querencia especial por explicitar una resistencia a las imposiciones desde arriba. Se de la circunstancia que, precisamente estos días, me encontraba leyendo la antología de artículos de Julio Camba, publicada con el significativo título de Sus mejores páginas. En uno de los trabajos periodísticos recopilados, titulado El pueblo alemán, Camba, con su ironía habitual, efectuaba un contraste entre la situación francesa, alemana y española en los siguientes términos:

En Francia hay una autoridad y un pueblo: la influencia del pueblo francés se nota en las costumbres, en el lenguaje, en todo. En España hay pueblo, pero no hay autoridad. En Alemania hay autoridad, pero no hay pueblo […] El ideal del pueblo alemán, como he dicho antes, no consiste en gobernarse, que es en lo que consiste el ideal de todos los pueblos, sino en que lo gobiernen. Así como al español le irritan esos letreros que le prohíben subir al tranvía por una plataforma, obligándole a hacerlo por la otra, para poner un solo ejemplo, al alemán esos letreros le encantan. El quiere que lo gobiernen lo más posible, así como nosotros queremos que nos gobiernen lo menos posible.

En realidad, el carácter español lo había resumido de forma muy certera años atrás el diplomático y escritor Ángel Ganivet con una frase que resumía la aspiración que anidaba en el pecho de todo habitante de la península ibérica: “Que todos llevasen en el bolsillo una carta foral con un solo artículo, redactado en estos términos breves, claros y contundente: ‘Este español está autorizado para hacer lo que le dé la gana

REFLEXIONES PERSONALES SOBRE LAS ACUSACIONES CONTRA BRETT KAVANAUGH.

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Cuando en 1991 tuvo lugar el proceso de confirmación senatorial de Clarence Thomas para ocupar un asiento en el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, los acontecimientos se enturbiaron cuando salió a la luz pública que una mujer, Anita Hill, le imputaba haberla acosado sexualmente cuando ambos trabajaban en la Universidad. La acusación saltó a la luz pública durante la confirmación, sobre unos hechos que habían tenido lugar tan sólo diez años antes y que, además, habían provocado una investigación del F.B.I. Tal acontecimiento enturbió las cosas, dado que Anita Hill compareció en el Comité Judicial del Senado, que se vio obligado a aceptar la comparecencia de personas para que testificasen sobre el particular, si bien las declaraciones no fueron concluyentes, dado que unos apoyaron la acusación de Hill mientras que otros la negaron. Lo que parecía una ratificación tranquila se complicó hasta el punto que Thomas se convirtió en juez por el margen más estrecho que se conoce, 52 votos a favor y 48 en contra.

Pues bien, la situación parece repetirse, si bien haciendo bueno el aserto de Carlos Marx respecto a que los acontecimientos se repiten en la historia, la primera vez como tragedia y la segunda como farsa. Cuando ya habían concluido la comparecencia de Brett Kavanaugh ante el Comité Judicial del Senado, un diario hizo público que una mujer (que deseaba permanecer en el anonimato) acusaba al candidato a juez de intentar agredirla sexualmente treinta y seis años atrás, cuando en una fiesta del instituto, y encontrándose el entonces jovencísimo Kavanaugh en un estado de embriaguez, intentó abusar de ella. Según se indicaba en la noticia, habría incluso un testigo presencial de los hechos, que se encontraría presente en el momento que Kavanaugh intentó forzar a la joven. Aun cuando la denunciante intentó permanecer en el anonimato, finalmente su identidad salió a la luz, pudiendo comprobarse que se trata de Christine Blaise Ford, una profesora universitaria y antigua compañera de Kavanaugh en el instituto. Según manifiesta Ford, si finalmente ha decidido sacar los hechos a la luz pública es para evitar que Kavanaugh acceda a un puesto de tanta importancia y que, además, es vitalicio.

Evidentemente, toda persona acusada tiene derecho a la presunción de inocencia. Pero en este caso, hay varios hechos y circunstancias que, sin perjuicio de lo que resulte de una investigación más detallada, inclinan a mirar la acusación con bastante escepticismo. Basta para ello un simple contraste con el caso de Anita Hill acaecido en 1991 para ver que la situación de 2018 difiere en varios puntos.

Primero.- En el caso de Anita Hill, los hechos que denunciaba no eran en absoluto recientes, pero tenían mucha menor lejanía temporal que los denunciados por Ford. En el caso de Clarence Thomas, su presunta agresión habría tenido lugar diez años antes de hacerse pública la denuncia, mientras que en el caso de Kavanaugh el lapso temporal que separa la presunta agresión de la denuncia pública se eleva a treinta y seis.

La justificación esgrimida por Ford acerca del motivo por el que decide romper su silencio (evitar que el presunto agresor ocupe un puesto de gran importancia), se cae por su propio peso. Kavanaugh ostenta, desde el año 2006 (es decir, la friolera de 12 años) la condición de juez federal y en un órgano de no poca importancia, el Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia, precisamente el encargado de conocer las impugnaciones contra actos de las principales agencias administrativas. No es, evidentemente, un órgano tan importante como el Tribunal Supremo, pero por las peculiaridades de la organización judicial estadounidense es quizá el segundo más importante. Y, además, los jueces que lo integran, como todos los de la judicatura federal, tienen carácter vitalicio.

Surgen ya, pues, un primer interrogante. ¿Por qué Christine Blaise Ford guardó silencio en 2006 cuando Kavanaugh hubo de someterse a un procedimiento de confirmación senatorial para acceder a la condición de juez del Tribunal de Apelaciones? No será porque no tuvo oportunidad, puesto que no sólo el caso de Anita Hill en 1991, sino los de Mónica Lewinsky y Paula Jones nada menos que frente al entonces Presidente de los Estados Unidos.

Segundo.-  En el caso de Anita Hill, las acusaciones saltaron a la luz durante el procedimiento de confirmación senatorial, en este caso la prensa saca la “confesión” de Ford una vez finalizado el procedimiento.

Segundo interrogante, pues. ¿Por qué se ha esperado a que finalizase el procedimiento para lanzar la acusación, en vez de hacerlo en el mismo instante de la nominación o incluso una vez iniciado el procedimiento ante el Comité Judicial del Senado?

Tercero.- En el caso de Anita Hill, la persona que hizo públicos los hechos se amparaba en una investigación previa que había efectuado el F.B.I. En el presente caso, no hay investigación alguna.

Cuarto.- Christine Blaise Ford señaló a una persona, Patrick J. Smith, compañero de instituto tanto de aquélla como de Kavanaugh, como testigo de los hechos. Pues bien, éste ha remitido una carta al Comité Judicial del Senado en la que manifiesta, de forma textual, lo siguiente:

Creo que soy la persona que la doctora Christine Blaise Ford ha identificado como la persona que recuerda como “PJ” y que presumiblemente se encontraba presente en la fiesta que describe en su relato al Washington Post […] Emito esta declaración para dejar claro a todos que no tengo conocimiento alguno de la fiesta en cuestión; ni tengo conocimiento alguno de las alegaciones de conducta impropia que ha lanzado contra Kavanaugh […] Personalmente, conozco a Kavanaugh desde el instituto, y se que es una persona de gran integridad, un gran amigo, y jamás he sido testigo de una conducta impropia suya hacia las mujeres

Quinto.- La declaración de varias mujeres que han trabajado junto al juez Kavanaugh durante estos años también desmienten las alegaciones de Ford, puesto que han reconocido que jamás han sufrido ningún tipo no ya de acoso, sino de comportamiento impropio por parte de Kavanaugh.

Kavanaugh ha negado rotundamente los hechos y se ha ofrecido a comparecer nuevamente ante el Comité Judicial del Senado. El presidente Trump ha defendido a su candidato, de quien ha dicho que es un brillantísimo jurista (aspecto éste que nadie ha cuestionado) y que estas acusaciones han hecho mella en él, puesto que está pasando unos días ciertamente difíciles.

El ser humano es por naturaleza falible y, por tanto, únicamente puede analizar los hechos y extraer consecuencias de los mismos. En este caso, donde no es posible acreditar de forma objetiva una acusación, no podemos más que emitir una simple hipótesis basada en los acontecimientos objetivamente demostrables.

A los anteriores acontecimientos, limitados estrictamente a los antecedentes fácticos del caso concreto, hay que añadir otro de naturaleza política. El Partido Demócrata no perdona que el Senado bloquease el procedimiento de confirmación de Merrick Garland en 2016, impidiendo a Obama nombrar al sustituto de Antonin Scalia, nombramiento que finalmente pudo efectuar Trump. Y, dado que el Partido Demócrata carece de mayoría en el Senado para bloquear el nombramiento o para impedir la votación, tendría que producirse un acontecimiento de primera magnitud para impedir elevar al pleno la decisión final en lo que al nombramiento respecta.

A la vista de todo lo anterior, la hipótesis más factible es que todo se trata de una maniobra para dilatar la votación en el pleno del Senado.

EL INFORME DEL FBI-CIA-NSA SOBRE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES DE 2016.

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El día 6 de enero de 2017 se produjo un acontecimiento que en España pasó desapercibido, quizá porque hoy en día constituye un mero formalismo: en el Congreso de los Estados Unidos, reunido en sesión conjunta, tuvo lugar recuento de voto compromisario, de tal manera que el legislativo certificó oficialmente que el cuadragésimo quinto Presidente de los Estados Unidos será el magnate Donald Trump. No es casualidad que ese mismo día se haya hecho público parte del informe elaborado conjuntamente por las tres agencias federales estadounidenses con responsabilidades en materia de seguridad interior (la Oficina Federal de Investigación –F.B.I.-, la Agencia Central de Inteligencia –C.I.A.- y la Agencia de Seguridad Nacional –N.S.A-), y que lleva por título Assessing Russian Activities and intentions in Recent US Elections. Veamos lo que dice, y lo que no dice, dicho informe.

CONTENIDO DEL INFORME Y CUESTIONES FUNDAMENTALES A TENER EN CUENTA.

I.- ESTAMOS ANTE UNA VERSIÓN ABREVIADA O SINTÉTICA, Y NO ANTE EL INFORME COMPLETO. Para empezar, ha de tenerse en cuenta que el documento hecho público y que manejan los medios de comunicación no es la versión íntegra, sino un resumen o versión abreviada del mismo, como se deja bien claro en la frase que consta en el encabezado de veintiuna de las veinticinco páginas que lo integran: “This report is a declassified versión of a highly classified assessment; its conclusions are identical to those in the highly classified assesment but this versión does not include the full supporting information on key elements of the influence campaign” (El presente informe es una versión pública de uno altamente clasificado; sus conclusiones son idénticas a la versión clasificada, pero la presente no incluye toda la documentación probatoria relativa a elementos claves de las maniobras de influencia). Ya tenemos, pues, una advertencia inicial: parece constatar la existencia de una campaña tendente a influir en las elecciones presidenciales, pero se pide del lector un ejercicio de fe política, dado que no se incluyen todos los elementos probatorios aunque, eso sí, las conclusiones son las mismas en el informe completo.

II.- OBJETO DEL INFORME: DELIMITACIÓN POSITIVA Y NEGATIVA. A la hora de concretar el objeto del análisis, el mismo se delimita tanto positiva como negativamente:

1.- La delimitación positiva, es decir, lo que el informe analiza: “It covers the motivation and scope of Moscow´s intentions regarding US elections and Moscow´s use of cyber tools and media campaigns to influence US public opinion” (Abarca los motivos y el objeto de las intenciones de Moscú en relación a las elecciones estadounidenses, así como el uso de medios informáticos y campañas mediáticas para influir en la opinión pública americana). Ello permite al lector ya una conclusión: parece ser que las acciones de Moscú a la hora de influir en las elecciones tienen un carácter más mediático que otra cosa, pues su intención última es “influir en la opinión pública americana”. La influencia rusa no sería, pues, directa, sino mediata, es decir, orientando al electorado a través de los medios de comunicación.

2.- La delimitación negativa: “We did not make an assessment of the impact that Russian activities had on the outcome of the 2016 election. The US Intelligence Community is charged with monitoring and assessing the intentions, capabilities, and actions of foreign actors; it does not analyze US political processes or US public opinion.” (No se hace una valoración del impacto de las actividades rusas en el resultado de las elecciones de 2016. La inteligencia estadounidense ha monitorizado y valorado las intenciones, capacidades y acciones de elementos foráneos, pero no analiza los procesos políticos ni la opinión pública estadounidense.) Ante lo cual uno se pregunta: si no entra a valorar la influencia de las actuaciones rusas en el resultado de las elecciones, ni la opinión pública norteamericana, ¿cómo es que los medios de comunicación españoles propalan alegremente la decisiva influencia de los ciberataques rusos en la victoria de Donald Trump?

III.- FUENTES UTILIZADAS. Nada mejor que transcribir el siguiente párrafo: “Some of our judgments about Kremlin preferences and intent are drawn from the behaviour of Kremlin-loyal political figures, state media and pro-Kremlin social media actors, all of whom the Kremlin either directly uses to convey messages or who are answerable to the Kremlin.” (Algunas de nuestras conclusiones relativas a las preferencias del Kremlin se extraen del comportamiento de dirigentes políticos leales al Kremlin, medios estatales y personalidades sociales pro-rusas, bien por ser utilizadas directamente como emisores del Kremlin o por responder ante éste). Es decir, que el informe parte de un análisis exclusivamente de políticos y medios leales a Rusia.

IV.- TESIS PRINCIPALES DEL INFORME. A continuación, tras exponer el objeto y las fuentes, se adelantan las conclusiones del informe, y estas pueden circunscribirse a tres afirmaciones básicas:

1.- “Russian efforts to influence the 2016 US presidential election represent the most recent expression of Moscow´s longstanding desire to undermine the US-led liberal democratic order, but these activities demonstrated a significant escalation in directness, level of activitity and scope of effort compared to previous operations.” (Los esfuerzos de Rusia para influir en las elecciones presidenciales de 2016 suponen la expresión más reciente del muy asentado deseo de socavar el orden democrático liberal estadounidense, pero estas actividades muestran una significativa escalada en cuanto a forma directa, nivel de actividad y objeto de esfuerzo, si se compara con operaciones anteriores). Aquí en principio el lector debería sentir cierta perplejidad, puesto que se reconoce abiertamente que no es la primera vez que Rusia intenta influir en las elecciones presidenciales americanas, pues de ser así no se hablaría de “longstanding desire” ni de “previous operations”. En definitiva, que no hay nada nuevo bajo el sol, sino que lo novedoso es la intensidad de la intervención. Hasta aquí lo que el informe dice. Lo que no dice, y que cualquier persona con un mínimo de sentido se plantearía a la vista de dicha afirmación es ¿Cuáles fueron esas “operaciones anteriores” y los beneficiarios de las mismas? Por centrar algo más el asunto ¿Quiénes fueron los candidatos a quienes Rusia apoyó en las cuatro últimas elecciones presidenciales?

2.- “We assess Russian President Vladimir Putin ordered an influence campaign in 2016 aimed at the US presidential election. Russia’s goals were to undermine public faith in the US democratic process, denigrate Secretary Clinton, and harm her electability and potential presidency. We further assess Putin and the Russian Government developed a clear preference for President-elect Trump” (Afirmamos que el presidente ruso Vladimir Putin ordenó una campaña tendente a influir en las elecciones presidenciales de 2016, con el objetivo de minar la confianza pública en el proceso democrático, denigrar a la Secretaria Clinton y dañar su imagen y potencial presidencia. Afirmamos igualmetne que Putin y el gobierno ruso manifestaron una clara preferencia por el presidente electo Trump). Esta afirmación bien merece una serie de comentarios:

A.- Resulta que el objeto de los ataques rusos tenían un objeto mucho más amplio que influir en los resultados electorales, dado que su objetivo principal (el informe lo sitúa en primer lugar) era “minar la confianza pública en el proceso democrático”.  El ataque iba, pues, contra lo que antaño se denominaba “american way”.

B.- Respecto a denigrar la imagen de Hillary Clinton. En este sentido, cualquier persona en su sano juicio debería concluir que en este punto la campaña se saldó con un rotundo fracaso, pues es un hecho público y notorio que el noventa por ciento de los medios de comunicación norteamericanos y casi idéntico porcentaje de los europeos (el porcentaje en nuestro país alcanzó el cien por cien) eran escandalosa y abiertamente favorables a la candidata demócrata. Además, cualquier persona con un mínimo conocimiento de la política americana sabe que Hillary Clinton es una de las personas más odiadas incluso en el seno de su propio partido. Ya en el año 2008 se estrenó un documental, titulado Hillary: The Movie (que, por cierto, acabó siendo el detonante de la célebre sentencia Citizens United v. Federal Election Commission) abiertamente crítico con quien entonces era una simple aspirante a alcanzar la nominación demócrata para ser candidata de dicho partido a la Casa Blanca. Nadie se escandalizó, porque es normal que en la lucha política se trate de abatir a los rivales, y quizá tuvo no poco que ver que en aquel entonces el perjuicio a Hillary Clinton conllevaba necesariamente un beneficio para Barack Obama, el candidato oficial de los medios de comunicación estadounidenses y europeos. Pero, en resumen, que Hillary Clinton no precisaba de una campaña rusa que empañase su imagen, pues, insistimos, era una de las personas más odiadas incluso entre los propios demócratas.

3.- Existe en el informe una afirmación inquietante: “Russian intelligence obtained and maintained access to elements of multiple US state or local electoral boards. DHS assesses that the types of systems Russian actors targeted or compromised were not involved in vote tallying.” (La inteligencia rusa logró y mantuvo acceso a elementos de múltiples juntas electorales estatales y locales americanas. Sin embargo, el DHS concluye que el tipo de sistemas que los agentes rusos utilizaron o comprometieron no intervinieron en el recuento electoral). En otras palabras, que se reconoce la labor de captación que los servicios de espionaje rusos efectuaron en miembros de los órganos electorales americanos, pero de igual manera se explicita que los mismos no intervinieron para nada en el recuento de votos. Quizá en esta afirmación haya tenido que ver el hecho de que en los estados donde se solicitó un recuento manual los resultados no sólo no variaran, sino que incluso en Wisconsin la ventaja de Trump se incrementó ligeramente con dos centenares de votos.

Con todo, lo más inquietante es el párrafo final con el que se cierra el apartado relativo a las tesis finales del informe, que podríamos resumir con el refrán castellano Cuando las barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar. Esto dice el informe: “We assess Moscow will apply lessons learned from its Putin-ordered campaign aimed at the US presidential election to future influence efforts worldwide, including against US allies and their election processes.” (Creemos que Moscú aplicará las lecciones extraidas en este caso para futuras acciones en procesos electorales a lo largo y ancho del globo, especialmente contra aliados norteamericanos.)

V.- PRUEBAS QUE SUSTENTAN LAS TESIS DEL INFORME. En este apartado concreto se desarrollan las tesis adelantadas al principio, con algún que otro aserto que llama poderosamente la atención.

1.- Se hace esta curiosísima afirmación: “Moscow also saw the election of President-elect Trump as a way to achieve an international counterterrorism coalition against the Islamic State in Iraq and the Levant.” (Moscú contemplaba la elección de Trump como medio de lograr una coalición internacional antiterrorista frente al Estado Islámico en Iraq y Oriente). El lógico interrogante que uno se plantea ante esta afirmación es ¿Clinton era percibida como un obstáculo para esa coalición frente al terrorismo islámico?

2.- Los medios de comunicación españoles apuntan a que los ataques rusos tuvieron como destinatario al Partido Demócrata para favorecer a Donald Trump. Veamos qué dice el informe: “Russia’s intelligence services conducted cyber operations against targets associated with the 2016 US presidential election, including targets associated with both major US political parties. We assess Russian intelligence services collected against the US primary campaigns, think tanks, and lobbying groups they viewed as likely to shape future US policies. In July 2015, Russian intelligence gained access to Democratic National Committee (DNC) networks and maintained that access until at least June 2016.” (Los servicios de inteligencia rusa dirigieron operaciones de ciberataque a entidades vinculadas a las elecciones presidenciales de 2016, incluyendo a los dos grandes partidos estadounidenses. Los servicios de inteligencia rusa obtuvieron información de las campañas primarias estadounidenses, laboratorios de ideas y grupos lobistas que se percibieron como vitales para el futuro desarrollo de la política estadounidense. En julio de 2015 la inteligencia rusa logró acceso a la red del Comité Demócrata Nacional y lo mantuvo cuando menos hasta junio de 2016). Ergo, la presunta operación de influencia no se dirigió exclusivamente frente al Partido Demócrata, como interesadamente apuntan los medios, sino frente a todas los dos partidos, y se remonta cuando menos a julio de 2015, cuando Trump aún estaba muy lejos de ser candidato republicano y Hillary Clinton aún no era candidata demócrata. En definitiva, que la actuación rusa se limitó a obtener información interna de ambos partidos (es de destacar la utilización de Wikileaks) y a promover a través de sus medios de comunicación una visión positiva del candidato Trump a través de sus redes de comunicación afines.

VALORACIONES ACERCA DE LO QUE EL INFORME DICE Y LO QUE NO DICE.

Creo que para valorar el contenido del informe y, sobre todo, lo acertado o no de las conclusiones que los medios de comunicación extraen del mismo, es menester dar respuesta a dos interrogantes:

1.- ¿Constituye la preferencia y apoyo del gobierno de un estado a un candidato a presidir un país una “influencia” en el resultado electoral?

Evidentemente, desde el punto de vista de las relaciones internacionales lo normal es que desde los gobiernos de los distintos países se muestre una exquisita neutralidad con respecto a los comicios que tienen lugar en otras naciones. Ahora bien, si esa neutralidad se rompe, en efecto, es posible que la inclinación del gobierno de un país hacia un determinado candidato pueda tener cierto peso en la opinión pública de la nación donde se desarrollen los comicios. Pero si ello es criticable, o se utiliza como base para cuestionar los resultados, entonces habría que empezar por cuestionarse la propia legitimidad de Barack Obama. No ya porque, por ejemplo, el entonces Presidente del Gobierno de España, José Luís Rodríguez Zapatero, afirmase al ser preguntado expresamente sobre ello que “prefería un demócrata en la Casa Blanca” (aunque, dada la jettatura del personaje, ello más bien traería perjuicios al presunto beneficiario), sino porque casi todos los dirigentes, sin excepción, manifestaron sin reservas la preferencia por el afroamericano.

2.- ¿Ha resultado decisiva la campaña rusa en favor de Trump hasta el punto de ser el factor que inclinaba la balanza en su favor?

En cuanto a este interrogante, ha de afirmarse que ateniéndose estrictamente al tenor literal del informe no puede darse una respuesta positiva ni negativa. Y ello porque en sus líneas iniciales el informe deja bien claro y explícito que se ha limitado a analizar las acciones rusas y su intención, pero deja manifiesta y meridianamente claro que ni se pronuncia sobre el éxito de las mismas ni sobre la influencia del mismo en el proceso político ni en la opinión pública estadounidense. Este interrogante, pues, no recibe contestación en el informe. Sin embargo, y a nivel estrictamente personal, tengo mis más que serias dudas que con el noventa por ciento de los medios de comunicación estadounidenses, un porcentaje idéntico de la prensa mundial y con los principales líderes políticos volcados prácticamente en apoyo de Clinton, las acciones de Rusia hayan podido ser decisivas, pues la inclinación mediática hacia la candidata demócrata era escandalosa y hubiera debido llevarle a arrasar en las urnas. De sostener que el gobierno ruso fue el que inclinó la balanza hacia el republicano habría que quitarse el sombrero por una gestión tan hábil como para convencer a la población estadounidense frente a toda la artillería mediática pro-Clinton. Y buena prueba de ello es la forma en que se trató al candidato republicano como “machista” por sus comentarios sobre las mujeres, silenciando el hecho de que la candidata demócrata era la esposa de un expresidente que ha sido denunciado en varias ocasiones por escándalos de naturaleza sexual.

 

CONCLUSIÓN PERSONAL.

 

Ni Barack Obama (que ha basado su mandato única y exclusivamente en pura retórica e imagen) ni el Partido Demócrata han digerido la derrota, y menos cuando esperaban poco menos que un paseo militar. Y en lugar de preguntarse si la candidata del partido era la más adecuada, han tratado de buscar una explicación que cargase las tintas sobre otra persona. Ante ello, y en un gesto que personalmente me parece indigno e impresentable pero en nada impropio del personaje, Obama ha involucrado a las agencias de inteligencia estadounidenses en una operación que tiene como único objetivo el intentar desviar la atención tratando de cuestionar la propia legitimidad de Trump con el indisimulado objetivo de mitigar una derrota aún más amarga cuando se daba por hecha y descontada la victoria. Lo único que ha conseguido el “gran estadista” que abandonará la Casa Blanca en menos de dos semanas es pregonar ante el mundo la vulnerabilidad de todas las instituciones americanas. Ni más, ni menos. Gran jugada la de Barack, demostrar al mundo lo fácil que es infiltrarse en las instituciones americanas.

Las elecciones presidenciales de 2016 si por algo se caracterizaron fue porque en esta ocasión no se escogía al mejor de los candidatos en liza, sino al que suscitaba menos antipatías entre la población. Donald Trump es, ciertamente, un personaje que despierta muchísimos sentimientos en su contra, pero conviene incidir en que Hillary Clinton despierta no menos rechazos que su oponente, aunque esto se ha mantenido deliberadamente oculto fuera del ámbito estadounidense.

«LA POLÍTICA COMO RELIGIÓN Y LA RELIGIÓN COMO POLÍTICA». IMPRESCINDIBLES REFLEXIONES DE ALEJANDRO NIETO.

Alejandro Nieto

Sin duda alguna Alejandro Nieto es una excepción en el panorama jurídico español, pues sus análisis jurídicos no suelen limitarse a analizar las disposiciones de todo rango publicadas en los diversos Boletines Oficiales (es decir, al derecho normado) sino que se salpimentan con agudísimas, jugosas y personales visiones acerca de la realidad social en que dichas normas han de llevarse a efecto y, sobre todo, al grado de aplicación de las mismas (léase, derecho practicado). En otras palabras, que sobrepone a las consideraciones jurídicas las imprescindibles consideraciones de carácter sociológico a las que no es infrecuente que añada incluso algunos buceos en el campo de la historia. De ahí que no solo circunscriba sus análisis al campo del Derecho administrativo, como en su indispensable Derecho administrativo sancionador (que va ya por la quinta edición), sino a ensayos sociológicos (como Corrupción en la España Democrática o El desgobierno de lo público) e históricos (Los primeros pasos del Estado Constitucional: historia administrativa de la Regencia de María Cristina de borbón, Mendizábal: Apogeo y crisis del progresismo civil). En algunas ocasiones algunas de sus obras con un compendio de historia, derecho y sociología (El desgobierno judicial, Balada de la Justicia y la Ley) que siempre nos deleitan con ese descenso a la realidad cotidiana, tan alejada del Olimpo conceptual en el que suelen situarse quienes se dedican profesionalmente a la docencia. Pero, en definitiva, lo que me interesa señalar es que Alejandro Nieto no es un paradigma de lo que, parafraseando la célebre distinción de José Ortega y Gasset, sería la “España oficial”, sino de la “España vital”.

De ahí que no pudiera menos que recibir con muchísimo interés la intervención que el pasado día 16 de febrero de 2016 tuvo lugar en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, donde Alejandro Nieto disertó sobre La política como religión y la religión como política, donde desglosa magistralmente la similitud tanto organizativa como de táctica y fines que presiden a organizaciones políticas y religiosas. La intervención es breve (transcrita ocupa apenas dieciséis folios) está muy bien elaborada se encuentra ayuna de citas bibliográficas, que no de eruditas referencias y jugosísimos ejemplos que sin duda alguna no gustarán a tirios y troyanos, pues igual pone en solfa la organización católica que la de los emergentes partidos del “cambio”. Y así, la tesis central del discurso es muy sencilla y esbozada en los primeros párrafos: “La premisa de la exposición se encuentra en la sorprendente circunstancia de que los partidos políticos pretendidamente laicos conservan unas adherencias de inequívoca tradición religiosa y que, a su vez, la Iglesia católica, confesadamente apolítica, conserva unos rasgos de inequívoca naturaleza política. Así puede comprobarse en los niveles de las estructuras, las doctrinas, las tácticas y las estrategias utilizadas por todos.” En efecto, tanto las formaciones religiosas como políticas parten de una figura mesiánica alrededor de la cual se van a estructurar todos los niveles inferiores: “En una primera y más superficial aproximación lo que mejor se observa es un estrecho paralelismo entre las estructuras de una organización política (un partido, por ejemplo) y una organización religiosa (la de la Iglesia católica, por ejemplo). Una y otra adoptan la figura de círculos concéntricos, en cuyo epicentro se encuentra el profeta o fundador, que alumbra una fe nueva: Jesucristo (como Mahoma) por un lado y en el otro Gil Robles o Pablo Iglesias. En el primer círculo están los apóstoles o barones que apoyan inicialmente al profeta o fundador y luego propagan sus ideas. En el segundo círculo están los fieles o militantes, que forman una comunidad específica. Y en el tercer círculo, los catecúmenos simpatizantes.” Una similitud tan evidente y clara que por simple pasa desapercibida, como los árboles que no dejan ver el bosque. Posteriormente se va creando una burocracia que separa los núcleos superiores o vértice de la pirámide de su base, creando así una disfunción evidente que marca el distanciamiento entre órganos superiores y militancia de base: “La organización queda en consecuencia desdoblada en dos niveles cuando menos: el formal de la superficie y el real del subsuelo, que suele ser el más operativo. Y por lo mismo para ascender hay dos caminos: o bien el del aparato o bien el formal de los congresos y comités ejecutivos. ¿Quién nombró a Hernández Mancha o a Susana Díaz? ¿Qué instrumentos de poder manejaban Juan Pablo II o Alfonso Guerra? ¿Quiénes actúan a la luz y quiénes en oscuros despachos, quizás desconocidos por los no iniciados? Para conocer los verdaderos ejes de una organización no basta la lectura de sus constituciones y reglamentos sino que hacer falta disponer de informaciones que no están al alcance de cualquiera puesto que no suele haber interés ni coraje para romper la reserva que por naturaleza las rodea.” Pero, como siempre, Alejandro Nieto con su maestría y saber indica que para ambas organizaciones, religiosas o seglares, el mundo termina en el último círculo que rodea la organización, cual es el de los simpatizantes. Fuera de ellos, nos adentramos en “las tinieblas del paganismo y de los que no son de los nuestros. Las relaciones con los paganos, con los otros, son ambiguas, dado que en principio son enemigos; pero, por otro lado, son destinatarios de actividades misioneras y, en fin, pueden servir – y esto sucede todos los días- de aliados potenciales en un frente contra enemigos comunes.”

Analizada la organización, pasamos a la táctica, que tanto para organizaciones políticas y religiosas son comunes: “muy simples y se basan en dos pilares: la psicología y la fuerza, claves constantes del misionado y en general de la expansión, mucho más utilizadas, contra lo que pudiera creerse, que la razón o el ejemplo personal.” Todo héroe necesita un villano, y toda organización política y religiosa un enemigo a estigmatizar y que sirve para justificar la propia existencia de la organización: “Para mantener la cohesión del grupo se imaginaba un enemigo en la seguridad de que gracias a la amenaza de éste la comunidad toma conciencia de sí misma, intensifica su solidaridad y produce energías defensivas y ofensivas. Para el cristianismo el pagano primero y luego el islam; para el nacionalismo la pérfida Albión; para la Dictadura franquista la conspiración judeo-masónica-separatista; para le democracia el comunismo; para el catalanismo, España. Al enemigo así inventado de le imputan todas las maldades y se justifica la necesidad de defenderse e incluso de desarrollar una agresión preventiva.” Es ahí donde entra en juego la propaganda y el juego de la manipulación, tan utilizado por unos y por otros: “ante los mismos hechos (la corrupción, la violencia) hay que ser implacable si se trata de enemigos y tolerante si se trata de amigos, pues siempre hay una justificación para los nuestros que no es aplicable a los demás. Denunciar la pederastia de un sacerdote es atacar a la Iglesia, denunciar la corrupción de un gobernante es atacar a la patria; una bandera puede cubrir los pecados más atroces y los delitos más graves; ondear la bandera bicolor es una provocación deliberada mientras que ondear la estelada es un deber.”

Pero, sobre todo, hay un párrafo en esta breve intervención que tiene inequívocos ecos unamunianos. Y es precisamente el que hace referencia a la anulación de la personalidad individual en favor de la cultura de masas, toda vez que, en efecto, ante comportamientos moralmente dudosos, siempre cabe esgrimir el célebre Fuenteovejuna, todos a una. Recordemos las palabras que don Miguel de Unamuno escribiera el día 7 de julio de 1936 en su artículo Justicia y bienestar, donde incidía en esta idea: “Y no se hable de ideología, que no hay tal. No es sino barbarie, zafiedad, sociedad, malos instintos y, lo que es –para mí al menos- peor, estupidez, estupidez, estupidez. De ignorancia no se hable. He tenido ocasión de hablar con pobres chicos que se dicen revolucionarios, marxistas, comunistas, lo que sea, y cuando cogidos uno a uno, fuera del rebaño, les he reprochado, han acabado por decirme: “Tiene usted razón, don Miguel, pero ¿qué quiere que hagamos?” Daba pena oirles en confesión. Pero luego se tragan un papel antihigiénico en que sacian sus groseros apetitos y ganas ciertos pequeños burgueses que se las dan de bolcheviques y de lo que hacen servil ganapanería populachera.” Contrástense con las que Alejandro Nieto pronuncia ochenta años después: “la movilización callejera mediante la cual se refuerza la psicología individual con los mecanismos de la psicología de masas: aquí se cuentan las viejas procesiones religiosas y las actuales manifestaciones políticas. En la procesión y en la “mani” la simpatía se eleva a devoción y la devoción en fervor colectivo. La individualidad se disuelve en la colectividad y la persona se transforma en un mero miembro de la masa con un nuevo espíritu. Es tal la exaltación, indudablemente patológica, que se experimenta en multitud, que sus participantes terminan convencidos de que son los protagonistas de la acción social y no perciben la manipulación a que están sujetos. Mientras el individuo permanece en la masa está dispuesto a creer disparates que aislado no aceptaría y a cometer horrores de los que aislado se avergonzaría. Y esto es cabalmente lo que buscan los pastores de la manada. Conste, sin embargo, que todavía puede darse un paso más hacia la aberración cuanto se participa en un espectáculo: desde los lejanos autos de fe a las misas solemnes y las multicolores manifestaciones actuales. El montaje espectacular de actos masivos se ha convertido en un arte imprescindible. Sin espectáculo ya no hay atractivo y éste ha dejado de concentrarse en el mensaje para atender únicamente a su expresión. La práctica el espectáculo, que en la actualidad ha invadido prácticamente todos los ámbitos sociales ha penetrado con singular intensidad en las ceremonias políticas y religiosas donde, por descontado, era donde mejor se conocían y siempre con efectos bien probados.”

No deseo extenderme más, pues quien desee tiene a su disposición el discurso cuya lectura recomiendo encarecidamente. Intervenciones como la de Alejandro Nieto son necesarias e imprescindibles, aunque sea para recordarnos cosas que, por evidentes, muchas veces se nos escapan. Y que no sólo organizaciones políticas y religiosas tienen estructuras, tácticas y fines similares, sino que incluso las distintas entidades políticas de una y otra ideología no son más que dos caras de una misma moneda o, por utilizar una referencia mitológica, como el dios Jano, un mismo cuerpo con dos caras.

LA RENUNCIA A LA INVESTIDURA: CONSIDERACIONES A LA LUZ DEL DERECHO Y LA CIENCIA POLÍTICA.

Mariano Rajoy

El día 20 de marzo de 1782 en el Reino Unido de Gran Bretaña se produjo un terremoto político de primera magnitud. Frederick North, segundo conde de Guilford y primer ministro del reino desde el año 1770, presentaba su dimisión al rey Jorge III. De conformidad con las leyes inglesas, el poder ejecutivo correspondía al monarca y éste podía elegir a quienes deseara para llevar a cabo su política, y lo cierto es que North gozaba plenamente de la confianza regia. No obstante, el Parlamento había presentado una moción retirando la confianza hacia el primer ministro, por lo que éste consideró que no tenía sentido continuar en el puesto cuando el legislativo le había retirado su confianza. North se convertía, así, en el primer dirigente político en dimitir a consecuencia de la pérdida de confianza del Parlamento.

Ayer día 22 de enero de 2016 se produjo una situación insólita en nuestro país. El líder de la fuerza más votada indica en una rueda de prensa que únicamente puede ser calificada como surrealista, que no optará a la investidura en este momento “por no tener los apoyos suficientes”, pero que “se mantiene como candidato” (sic). El Partido Socialista Obrero Español, en un comunicado emitido hoy día 23 de enero, considera “inaceptable” la decisión de Rajoy y defiende “el cumplimiento escrupuloso de los procedimientos democráticos y, por tanto cree que Rajoy tiene la obligación constitucional de aceptar el encargo real y de presentar su candidatura a la investidura o renunciar definitivamente a ella” (sic). El líder de la tercera fuerza más votada, en un tour de force incomprensible, comparece públicamente rodeado por la plana mayor de su formación y da a conocer los miembros de un futuro gabinete que, con él como vicepresidente, encabezaría Pedro Sánchez, quien no sólo debería aceptar tales exigencias y ofrecer incluso una cartera a Izquierda Unida (cuyo portavoz, por cierto, manifestó desconocer el contenido material de la comparecencia de Pablo Iglesias) sino que debería incluso agradecer el inmenso favor que se le estaba haciendo. El monarca, por su parte, ante la situación creada por la decisión de Mariano Rajoy, opta por efectuar una nueva ronda de consultas.

Como siempre, para analizar la anterior situación ha de deslindarse cuidadosamente el ámbito estrictamente jurídico del político, si bien en esta ocasión ambos están intrínsecamente ligados, pues se trata nada más y nada menos que de la elección del Presidente del Gobierno.

1.- ASPECTOS JURÍDICOS. En este caso ha de partirse necesariamente del artículo 99 de la Constitución de 1978, que es el precepto clave que rige todo el procedimiento. La dicción literal del mismo es la siguiente: “1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno. 2.El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara. 3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple. 4 Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores. 5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.” De dicho texto legal se puede deducir, desde el punto de vista estrictamente jurídico, lo siguiente:

A.- El monarca ha de reunirse con los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria, siendo necesario precisar que no hace falta que sean los portavoces de los grupos, ni tan siquiera que sean diputados de las formaciones, pues el precepto simplemente habla de “representantes designados” por los grupos políticos. Quien suscribe podría ser perfectamente recibido por el monarca si fuese designado como representante a estos efectos por cualquier grupo con representación en el Congreso. Evidentemente, esas consultas tienen como objetivo que el Jefe del Estado se haga una idea de quien puede obtener los apoyos necesarios para acceder a la Presidencia y quien no.

B.- El monarca posee una libertad absoluta a la hora de proponer el candidato a Presidente. No tiene por qué ser la persona que encabeza la lista más votada. De hecho, ni siquiera tiene por qué ostentar la condición de diputado (a diferencia de lo que ocurre con los ejecutivos autonómicos, donde la Constitución establece que el Presidente de la Comunidad Autónoma es elegido por la Asamblea “de entre sus miembros”). Por tanto, jurídicamente hablando el monarca ostenta una potestad absolutamente discrecional para designar a quien considere oportuno.

C.- En ningún lugar del texto constitucional establece que la persona designada por el monarca haya de aceptar necesariamente el encargo. Eso sí, de hacerlo, ha de someterse al procedimiento de investidura con los requisitos que establecen los apartados 2 y 3 del artículo 99 (exposición del programa político y votaciones de investidura).

D.- De no obtenerse la confianza, se tramitarán sucesivas propuestas “en la forma prevista en los apartados anteriores” (es decir, consultas, proposición regia, exposición del programa político, votaciones de investidura).

E.- Si transcurridos dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato obtiene la confianza del Congreso, se convocarán nuevas elecciones.

2.- ASPECTOS POLÍTICOS. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, ha de tenerse en cuenta que, desde el punto de vista ya completamente ajeno al mundo del Derecho constitucional, pueden efectuarse las siguientes consideraciones:

A.- Aunque el monarca goza de discrecionalidad jurídica, es claro y evidente que desde el punto de vista político ha de ejercitar esta facultad con absoluto respeto a la composición del Congreso, pues en caso contrario la posición y el prestigio de la Corona quedaría sumamente mermado.

B.- La actuación de Mariano Rajoy es absolutamente impresentable. Es absolutamente claro, lícito, comprensible y admisible por cualquier persona con un mínimo de racionalidad que a nadie puede exigírsele ser masoquista. Por tanto, si considera que carece de los apoyos para ser investido Presidente renuncie a presentar su candidatura. Hasta ahí todo correcto. Lo que ya no tiene un pase es decir que se renuncia a la investidura “en este momento” y que “se mantiene como candidato”, lo cual es incomprensible para cualquiera salvo que utilice los códigos lingüísticos del inmortal Mario Moreno “Cantinflas”. Por tanto, es legítimo que renuncie a su candidatura si cree que no tiene apoyos, mas en tal caso lo lógico y correcto es que lo hiciera sin reservas y actuase como lo haría cualquier político europeo, es decir, marchándose a su casa. Lo contrario únicamente se explica por el egotismo del personaje o por un inconsciente deseo de emular a Sansón y que con él caigan todos los filisteos (hablando en plata: si yo muero, el partido lo hace conmigo).

C.- La posición del Partido Socialista Obrero Español es aún más incomprensible. Parece que dicha formación considera que es una obligación presentarse al debate de investidura, pero no es así, de igual manera que si alguien se presenta a una oposición y pasa el primer examen, pero no tiene posibilidades de alcanzar plaza por lo escaso de su puntuación, no está ni mucho menos obligado a continuar hasta el final del proceso selectivo. Quiere ello decir que si a una persona, por ejemplo, el señor Pedro Sánchez la nombra Secretario de Estado o Director General no puede renunciar, tiene obligatoriamente que aceptar tal nombramiento? Ridículo.

D.- La actitud de Podemos no deja de ser menos sorprendente, máxime aún en un grupo que se presenta como azote de “la casta”. En efecto, la comparecencia del líder rodeado de su plana mayor, a quienes presenta como miembros de un gabinete en el cual el señor Iglesias actuaría como Vicepresidente es un ejercicio de prepotencia tal que no puede dejar de producir sonrojo. Máxime cuando no ha hablado de programas, sino de nombres; no de ideas, sino de cargos. Que, además, se imponen, no se sugieren. Con ello se deja en mal lugar a Pedro Sánchez, a quien se le impone un “trágala” que, de aceptarlo, le debilitará no sólo ante su partido, sino ante la ciudadanía.

E.- Por último, creo, dicho sea con todos los respetos, que el monarca tampoco ha acertado completamente a la hora de abrir un nuevo periodo de consultas. Me explico. Si no se ha propuesto un candidato o si éste no ha llegado a exponer el programa político del gobierno que se propusiese formar, la Constitución no impone abrir una nueva ronda de consultas, que únicamente forzando la letra del texto constitucional, de llevarse a cabo ello tendría lugar una vez rechazado un candidato, pero no antes. Además, el monarca tiene en su mano toda la información precisa. Es más, un uso abusivo de las consultas suele ser más perjudicial que beneficioso, como los asesores jurídicos del monarca podrían comprobar simplemente echando un vistazo al brillantísimo artículo que con el título La formación del gobierno durante la Segunda República, publicara Joaquín Tomás Villarroya en el número 204 (noviembre-diciembre de 1975) de la Revista de Estudios Políticos.

En fin, que como decía hace poco un entrañable amigo, lo que parece necesita más que nada este Congreso de los Diputados es que sea visitado por El Tío La Vara. Ya saben…”Sus vi a crujir vivooooos. A tóos.” Y es que, “no es bueno que la vara quede con veneno dentro

ANÁLISIS PERSONAL DE LOS RESULTADOS ELECTORALES DE AYER DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2015

Votación

Corría el año 1966 cuando el entonces Príncipe Juan Carlos (aún no había sido designado por Francisco Franco, entonces Jefe del Estado, sucesor a título de Rey) mantiene una reunión con varias personas relevantes con el objeto de plantearse hacia dónde avanzará España una vez que fallezca el Generalísimo. Todos, desde el príncipe hasta el último comensal, coinciden en que no existe otra alternativa que un régimen democrático, pero de igual forma existe una coincidencia prácticamente total en lo que respecta a la preocupación por la existencia de un gran número de formaciones que dificulten la formación de gobiernos estables; es entonces cuando se pone sobre el tapete la solución a adoptar: una legislación electoral que favorezca de facto un sistema bipartidista similar al existente en Alemania o en Gran Bretaña, donde la lucha política se limite en la realidad a un enfrentamiento entre un partido democristiano y otro socialdemócrata. Alguien cuya identidad se desconoce pero que evidentemente había de ser uno de los comensales se fue de la lengua, porque un informe sobre la identidad de los asistentes y sobre los temas que se abordaron llegó a manos del Jefe del Estado quien, pese a todo, no descartó a Juan Carlos de Borbón como sucesor. El documento filtrado al Generalísimo obra en los archivos de la Fundación Nacional Francisco Franco, y fue transcrito hace casi veinte años por el periodista Jesús Palacios en su obra Los papeles secretos de Franco, publicado en el año 1996 por la editorial Temas de Hoy.

Lo acordado en aquélla reunión se llevó, en efecto, a cabo. Previamente a la celebración de las primeras elecciones democráticas se aprobó el Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre normas electorales, que establece las líneas maestras del sistema (voto personal en el Senado, sistema proporcional D´Hont en listas cerradas y bloqueadas al Congreso de los Diputados). Ese sistema permanece en vigor, puesto que las líneas maestras las hereda la vigente Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio, de Régimen Electoral General, que en la propia Exposición de Motivos reconoce esa continuidad en los principios básicos de la normativa electoral cuando indica que: “Todo este orden de cuestiones requiere, en primer término, aprobar la normativa que sustituya al vigente Real Decreto-ley de 1977, que ha cubierto adecuadamente una primera etapa de la transición democrática de nuestro país. No obstante, esta sustitución no es en modo alguno radical, debido a que el propio texto constitucional acogió los elementos esenciales del sistema electoral contenidos en el Real Decreto-ley.” Lo relevante es que desde 1977 se cumplieron los objetivos fijados en aquélla reunión de 1966, pues pese a que en los años iniciales de la Transición política surgieron innumerables formaciones políticas que dieron lugar a la popularmente conocida como “sopa de letras”, en la práctica únicamente la Unión de Centro Democrático y el Partido Socialista Obrero Español despuntaron como formaciones políticas con serias aspiraciones de Gobierno, pues tanto Alianza Popular como el Partido Comunista quedaban muy descolgadas respecto de aquéllas. Tal situación se prolongó con la desaparición de la Unión de Centro Democrático, pues sus restos fueron recogidos por la entonces Alianza Popular, que con la victoria socialista de 1982 pasó a convertirse en el principal partido de la oposición. La lucha política quedó así limitada en la práctica al Partido Socialista Obrero Español desde la izquierda y a Alianza Popular (luego Partido Popular tras su refundación en 1989). El Partido Comunista, que nunca tuvo posibilidades serias de alcanzar el poder por méritos propios, apenas logró, en el mejor de sus resultados, sobrepasar la veintena de diputados, y quizá viendo que sus siglas podrían ser un lastre optó por establecer una coalición de fuerzas que, con la denominación de Izquierda Unida, serían una opción mucho más presentable formalmente. Así se sucedieron las cosas elección tras elección, comicios tras comicios…….hasta ayer.

Los resultados de las elecciones celebradas ayer día veinte de Diciembre de dos mil quince marcan sin duda alguna un punto de inflexión en la política española. Y ello porque nadie puede hablar, estrictamente hablando, de una victoria electoral, pues todos, absolutamente todos, han sufrido una derrota, de la que únicamente pueden consolarse mirando a su alrededor, como el célebre cuento del mísero que comía altramuces. En efecto, analicemos punto por punto las cuatro principales fuerzas que aspiraban a desempeñar un papel esencial en la política española durante los próximos cuatro años:

1.- Partido Popular. Es, sin duda alguna, el gran derrotado, pues no alcanzo a comprender cómo puede presentarse como una victoria lo que es una pérdida de más de sesenta diputados, pues desciende de los 186 logrados en noviembre de 2011 a los actuales 123. El único responsable de la derrota tiene nombre y apellidos: Mariano Rajoy Brey. Durante estos cuatro años ha tenido como único lema de gobierno el quieta non movere, y cada vez que existía un tema conflictivo que entrañase un mínimo riesgo o bien escurría el bulto o delegaba la resolución en otros, llámense Vicepresidenta del Gobierno o Tribunal Constitucional. En marzo del presente año, al ser interrogado por los periodistas sobre los negros nubarrones que se cernían sobre el Partido Popular en las elecciones municipales, el señor Rajoy decía, con un extraño sentido del humor “Confíen en mí, que les va a ir bien.” Ahí están los resultados: pérdida de poder municipal, autonómico y ahora estatal, porque es casi imposible que pueda formar un gobierno estable. En cualquier país europeo, con unos resultados como los obtenidos ayer, un líder político que se precie hubiese anunciado su dimisión irrevocable.

2.- Partido Socialista Obrero Español. Esta formación tiene un doble problema, tanto de liderazgo como de ideología. Desde los años treinta el socialismo español tiene una doble tendencia: socialdemócrata, moderna y seria por un lado, y extremista por otra. Durante la Segunda República prevaleció la primera durante el bienio 1931-1933, donde Francisco Largo Caballero desempeñó, desde el Ministerio de Trabajo, una labor notable. Al perder las elecciones en 1933, Largo Caballero se radicalizó y arrojó al partido por las alas del extremismo, orillando hasta dejarlo en la insignificancia a la corriente socialdemócrata de Julián Besteiro, persona ésta a la que debe reivindicarse por encima de todo, al ser un ejemplo de honestidad tanto intelectual como personal. Tras la dictadura, en 1979 el PSOE renunció al marxismo y pareció orientarse de nuevo hacia la socialdemocracia moderna, pero en los años noventa, cuando pareció que iba a perder de nuevo el poder, el ala extremista y radical reapareció. Esas dos corrientes permanecen larvadas en el seno del socialismo, que parece incapaz de decidirse por una de las dos. A ello se une una grave crisis de liderazgo que se arrastra tras la marcha de Felipe González. Todo ello ha conducido al peor resultado del Partido Socialista, que jamás, desde las primeras elecciones democráticas celebradas el 15 junio de 1977, había obtenido menos de cien diputados. Únicamente les cabe esgrimir como excusa que las encuestas pronosticaban una debacle aún mayor, pero magro consuelo es. Su líder, Pedro Sánchez, debería haber anunciado su dimisión ayer, puesto que en varias ocasiones durante la campaña electoral dejó bien claro que no obtener una victoria sería para él un fracaso. Sobran las palabras.

3.- Podemos. Sin duda alguna, el gran vencedor de los comicios. Partiendo de cero, han sabido aglutinar a un sector de la población que le es absolutamente fiel y sumarle a un nada desdeñable sector de la población que, sin ser en absoluto simpatizante con la ideología de esta formación, la ve como único medio de otorgar un voto de castigo a las formaciones tradicionales. Hay que reconocer que las cabezas principales de la formación tienen en su haber notables ventajas: juventud, empatía con sus simpatizantes y un manejo admirable de las redes sociales, es decir, del mundo de hoy y del mañana. Sin embargo, con todo, en muchas ocasiones pecan de soberbia y de un excesivo dogmatismo. El principal problema que tiene esta formación, a mi juicio, es que entre reforma y revolución optan por lo segundo, a veces sin parar en mientes, considerando que si la legalidad vigente es un obstáculo, no habría impedimento alguno en saltarse la misma para lograr el ansiado objetivo, haciendo suyo el célebre lema que en la obra La venganza de don Mendo el monarca Alfonso VII otorgaba a su vasallo el marqués de Moncada: “No hay barreras para mi, y si hay barreras, las salto.” Con todo, de justicia es reconocerles que son la única formación política que puede indicar sin faltar a la verdad que pueden considerarse vencedores.

4.- Ciudadanos. Con no ser en modo alguno un mal resultado, lo que ha lastrado la victoria de la formación naranja hasta el punto de convertir un grupo nada desdeñable de diputados en una dulce derrota son las expectativas que se habían creado en torno a ellos. En efecto, este grupo, integrado por personas muy jóvenes y que había surgido de la sociedad civil catalana como medio de oponerse al separatismo imperante en dicha Comunidad Autónoma, dio el gran salto nacional al presentarse a los comicios autonómicos y locales de mayo de 2015, donde obtuvo un muy buen resultado, que revalidó en las elecciones catalanas celebradas el mes de septiembre. Sin embargo, a mi juicio les ha venido grande la campaña electoral. Han estado sobremanera esquivos en temas esenciales (salvo el de la unidad de España, su gran baza electoral y motivo que les vio nacer) y, además, no han sabido gestionar las redes sociales con la misma maestría que sus colegas de Podemos. No es en modo alguno un mal resultado el obtenido partiendo de que nada tenían con anterioridad, pero sí lo es en comparación con lo que de ellos se esperaba.

Desaparece del mapa electoral Unión, Progreso y Democracia, e Izquierda Unida, aunque formalmente no desaparece, deviene en insignificante desde el punto de vista político, pues no logra ni tan siquiera formar Grupo Parlamentario propio al lograr únicamente dos diputados, con lo cual Alberto Garzón tiene en su haber el sin duda alguna nada halagüeño honor de haber logrado igualar el record negativo logrado en su día por Gaspar Llamazares cuando era el coordinador general de la coalición.

Se avecina un panorama muy, muy complicado, por no decir que nuestro país va a ser casi ingobernable, pues aunque un presidente logre la investidura, a la hora de ejercer la dirección política va a tener que seguir el principio que actualmente sigue el Atlético de Madrid bajo la dirección de Diego Simeone: ir “partido a partido” lo que en el mundo de la política quiere decir, “votación a votación.”

Simplemente, apuntar el proceso de elección presidencial sazonado con algunas observaciones que estimo deben tenerse muy en cuenta:

1.- El Congreso ha de ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a las elecciones (artículo 68.6 de la Constitución). Tras la apertura solemne de la legislatura, se constituirán las Cámaras, sus mesas y los grupos parlamentarios.

2.- El monarca iniciará una ronda de consultas con los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria y, a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato (artículo 99.1 de la Constitución). Precisar que pese a lo manifestado por los líderes de las formaciones políticas y pese a ser una práctica consolidada, el monarca no necesariamente tiene que proponer al candidato de la lista más votada. El Rey tiene una amplia discrecionalidad en este punto, y pese a que la práctica constitucional lleva a que proponga al cabeza de la lista más votada, ello radica en que es quien habitualmente obtiene un apoyo parlamentario que le lleve a formar gobierno. Pero nada impediría que, constatada por el Rey tras la consulta la falta de apoyos del cabeza de la lista más votada y que existe otro candidato que sí goza de un apoyo mayoritario, se incline por este último en defecto del primero. La anterior es una reflexión desde el punto de vista estrictamente jurídico, lo cual no quiere decir en modo alguno que es lo que vaya a ocurrir.

3.- El candidato expondrá al Congreso el programa político del Gobierno que pretenda formas, y deberá solicitar la confianza de la Cámara, confianza que se entenderá otorgada si obtiene mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple en la segunda, a celebrar cuarenta y ocho horas después de la primera (artículo 99.3 de la constitución). Si en el segundo caso tampoco obtiene mayoría “se tramitarán sucesivas propuestas” en la misma forma que la prevista en las anteriores (artículo 99.4 de la Constitución). Este último precepto es significativo, pues en caso de que el candidato no obtenga ni tan siquiera la mayoría simple, queda automáticamente excluido, de ahí que el texto constitucional hable de “sucesivas” propuestas. No cabe, por tanto, trasladar al Congreso de los Diputados la curiosa práctica autonómica en base a la cual puede someterse un candidato a más de dos votaciones, como ocurrió este mismo año en Andalucía y como ocurre en Cataluña, donde el presidente en funciones ha sido rechazado en dos ocasiones y piensa afrontar una tercera votación.

4.- Si transcurridos dos meses a partir de la primera votación de investidura ningún candidato obtiene la confianza del Congreso, el Rey disolverá las Cámaras y convocará nuevas elecciones (artículo 99.5 de la Constitución). Incidir en el hecho de que los dos meses no se computan desde la celebración de las elecciones, ni tan siquiera desde la constitución de las Cortes, sino desde la primera votación de investidura, como deja bien sentado y con una claridad meridiana el precepto constitucional indicado. Posibilidad ésta, la de una disolución automática de las Cortes por imposibilidad de lograr un acuerdo sobre el candidato, que ciertamente se ciñe sobre el panorama político español.

PROFUNDIZAR EN LA DEMOCRACIA: IDEAS PARA LA REFORMA CONSTITUCIONAL A PARTIR DE UNA OBRA CLÁSICA DE HANS KELSEN.

Democracia

En el año 1920, el jurista austríaco Hans Kelsen publicaba una breve obra que, con el título Von Wesen und Wert der Demokratie (De la esencia y valor de la democracia) pretendía ser una enconada defensa del sistema parlamentario liberal-democrático. Lo cual era un notable mérito, pues en el contexto histórico en que se publicaron las dos ediciones de la obra (la primera, como hemos indicado, del año 1920 y la segunda nueve años más tarde) no era ni mucho menos propicio para una defensa del sistema liberal dado que todo parecía indicar que los sistemas parlamentarios del occidente europeo se batían en retirada ante el auge de los autoritarismos. Las heridas abiertas con el fin de la Gran Guerra que el Tratado de Versalles en vez de cauterizar infectó aún más, la aparición del totalitarismo soviético (la negación de la democracia desde la izquierda revolucionaria) y, a consecuencia de los dos anteriores y como reacción frente a los mismos, del fascismo italiano y del nacionalsocialismo alemán, no parecía ser el ambiente más idóneo para una defensa del sistema parlamentario. Pues bien, en el año 1920, el mismo año en el que se aprueba la Constitución austríaca (que tanto debe a Kelsen) aparece este breve tratado que se mueve entre la teoría jurídica y la ciencia política. Se trata de una obra breve, diez capítulos que apenas alcanzan las doscientas páginas, y que cuenta con una reciente traducción española debida a Juan Luís Requejo Pagés y publicada en la editorial asturiana KRK dentro de su colección “pensamiento”. El profesor Requejo es autor de un breve nota preliminar que conjuga a la perfección sincretismo y rigor pues, como debiera ser todo estudio introductorio, sin extenderse sobre el particular se limita a hacer unos breves apuntes sobre la historia de la obra glosada, el contexto histórico en el cual se elaboró la misma y apuntar brevemente las características principales de la obra y el objetivo último de Hans Kelsen con su redacción.

Pues bien, pese a que toda obra, máxime una de filosofía política o teoría general del Derecho es evidentemente fruto de unas coordenadas socio-temporales muy concretas, sin embargo paradójicamente esta Esencia y valor de la democracia pueden extraerse varias lecciones. Y dado que en plena precampaña electoral con vistas a las elecciones generales que se celebrarán el día 20 de diciembre casi todos los partidos hablan de reforma constitucional, convendría que los principales líderes leyeran esta obrita. Confieso que Hans Kelsen no es precisamente santo de mi devoción, más que nada porque fue este autor quien ideó un organismo, el Tribunal Constitucional, que al menos en nuestro país ha resultado desastroso. Pero la lectura de esta obra me ha deparado una serie de interesantísimas reflexiones, de las cuales me detengo exclusivamente en dos.

I.- Democracia, libertad y orden. Se trata de tres palabras que hoy en día, como ocurre con el amor en la célebre tonada, se han roto de tanto usarlas. Por una parte, se pretende calificar un régimen como democrático única y exclusivamente porque el Parlamento es elegido mediante sufragio universal, de igual manera que se ha tratado de contraponer democracia y libertad a orden. Pues bien, es un craso error. No hay libertad sin orden, y sin un sistema donde no esté garantizada la libertad mal podrá hablarse de democracia. Así, el propio Kelsen, nada sospechoso de ser contrario a la democracia, señala al inicio del primer capítulo de la obra (dedicado, precisamente, a la libertad) que: “A partir del supuesto de que somos –idealmente- iguales se puede derivar la exigencia de que nadie debe dominar a los demás. Sin embargo, la experiencia demuestra que si queremos ser realmente iguales tenemos que permitir que se nos domine.” Por desgracia, en nuestro país está cada vez más arraigado el anarquismo más feroz, aquel que invoca la libertad cuando se esgrime como escudo protector frente a un tercero pero del que se trata de abatir cuando quien lo esgrime es un tercero. Un ejemplo práctico: quien se divierte un sábado de madrugada dando voces en plena calle, invocará su derecho a divertirse frente al derecho al descanso de los vecinos; pero curiosamente esa misma persona será quien invoque el derecho al descanso y niegue el derecho a la diversión de terceros cuando, en plena resaca mañanera dominical, los sones de la banda municipal le impidan conciliar el sueño tras llegar a su domicilio a primeras horas de la mañana tras una velada jaranera. Por ello, como indica el propio Kelsen “Se ha de haber sociedad y Estado es necesario que exista un ordenamiento vinculante de la conducta recíproca de los hombres, que haya autoridad”. Y en cuanto a la democracia, ésta no puede limitarse a garantizar periódicamente el sufragio para la elección de miembros del Parlamento, pues como indica el pensador austríaco citando a Jean Jacques Rousseau al referirse al pueblo inglés: “sólo es libre durante la elección de los miembros del Parlamento; celebrada la elección, vive en la servidumbre y no es nada” (curiosamente, recuerdo haber leído una frase parecida del gran maestro de administrativistas, Jesús González Pérez, en uno de sus libros –no recuerdo en este momento cuál de ellos- pero venía a decir que el administrado era ciudadano un día cada cuatro años y súbdito el resto del tiempo). Lo cual lleva a la necesidad de profundizar en la esencia de la democracia.

II.- Correcciones democráticas del parlamentarismo. El capítulo IV lleva por título “la reforma del parlamentarismo” y tiene como objetivo expresar las tesis del autor para intentarlo “fortaleciendo el elemento democrático”, pues parte de la circunstancia para él incuestionable de que en el Estado moderno es impracticable la democracia directa, pero sí es posible corregir ciertas desviaciones o disfunciones del sistema parlamentario para potenciar el elemento democrático. Entre los instrumentos que Kelsen propone a los efectos de inyectar dosis masivas de democracia en el sistema parlamentario se encuentran tres.

1.- El referéndum: “Iría claramente en interés del propio principio parlamentario que los políticos profesionales –que hoy, precisamente, son parlamentarios- embridaran su comprensible aversión contra el instituto del plebiscito y no sólo admitiesen –como ya ha ocurrido en algunas constituciones modernas- el llamado referéndum constitucional, sino también un referéndum legislativo, si no preceptivo, al menos facultativo.”

2.- La iniciativa legislativa popular: “un determinado número de ciudadanos con derecho de sufragio puede presentar una proposición de ley a cuya tramitación procedimental viene obligado el Parlamento. También podría darse a esta institución más espacio que el que se le dispensa tanto en las Constituciones más antiguas como en las más modernas. Cabría facilitar técnicamente la tramitación de la pretensión popular disponiendo que la iniciativa no ha de incluir un proyecto de ley elaborado, sino sólo unas directrices generales. Si el electorado no puede dar instrucciones vinculantes a sus hombres de confianza en el parlamento, al menos debe existir la posibilidad de que del seno del pueblo nazcan sugerencias con arreglo a las cuales pueda orientar el Parlamento la dirección de su actividad legislativa.” Comparto en líneas generales esta tesis del gran jurista austríaco con una salvedad: la de que la iniciativa se limite a unas directrices generales. Pues parece claro que si a ello se limita la iniciativa, esta corre el riesgo de ser desnaturalizada cuando el Parlamento ponga en marcha la iniciativa concreta, pudiendo siempre argumentar, frente a posibles desviaciones respecto al espíritu de la iniciativa, que ésta se limitaba precisamente a unas “directrices generales”. Además, es evidente que la realidad política, económica y social es hoy en día mucho más compleja que a la que Kelsen tocó vivir.

3.- Control de los diputados por los electores y eliminación de las inmunidades parlamentarias. Confieso que la lectura de estas líneas me ha impresionado, porque abstrayéndose del contexto en el que se elaboraron, el lector no avisado podría creer provienen de un artículo de opinión publicado en los dos últimos años: “un cambio de pareceres continuo y garantizado por la ley entre los diputados y el electorado podría reconciliar a las masas con el principio parlamentario. La irresponsabilidad del diputado frente a sus electores, que sin duda es una de las causas principales del descontento que hoy existe contra la institución del Parlamento, no es, como ha creído la doctrina del Derecho público del siglo XIX, un elemento consustancial del sistema parlamentario.” Esta afirmación se ha demostrado que es válida en países como Gran Bretaña o Estados Unidos donde, existiendo una evidente organización de partidos, sin embargo existe una cercanía mayor entre diputado y electores, hasta el punto que a veces se rompe la disciplina de partido precisamente porque una medida impuesta por la formación puede ser perjudicial para los electores del representante, quien ante la disyuntiva lógicamente se inclinará más por los electores so pena de perder su asiento, toda vez que si la elección se verifica mediante un sistema de listas abiertas y distritos uninominales, evidentemente aunque no se pierda el favor del partido sí puede perderse el fervor ciudadano.

Pero, sobre todo, tras este razonamiento se incluye un párrafo que contiene la desautorización más rotunda del sistema de inmunidades del que gozan aún hoy los parlamentarios españoles, siendo absolutamente denigrante que en el año 1978 los constituyentes incluyesen el aforamiento y las prerrogativas de diputados y senadores cuando apenas medio siglo antes el gran jurista austríaco escribía lo siguiente: “Ante todo, debería suprimirse o cuando menos limitarse esa irresponsabilidad de los diputados que se denomina inmunidad y que no les protege frente a los electores, sino frente a las autoridades estatales y en particular frente a los Tribunales, y que desde siempre ha constituido un componente inquebrantable del sistema parlamentario. Que un diputado sólo pueda ser perseguido judicialmente por la comisión de un delito y, sobre todo, que sólo pueda ser detenido si el Parlamento lo autoriza, este privilegio, nacido en la época de la monarquía estamental, es decir, en la época del más crudo enfrentamiento entre el Parlamento y el Gobierno real, puede estar aún justificado en la época de la monarquía constitucional, cuando todavía existía, aunque en un sentido diferente, aquélla oposición entre el Parlamento y el Gobierno y no se había suprimido por completo –aunque ciertamente se había mitigado sustancialmente gracias al principio de la independencia de los Tribunales- el peligro de que los parlamentarios fueran privados de su oficio por un Gobierno que abusara de su poder. Pero en una república parlamentaria, donde el Gobierno no es más que una comisión del Parlamento y está sometido al control más incisivo de la oposición y del conjunto de la opinión pública, donde la independencia de los Tribunales no está menos garantizada que en la monarquía constitucional, no tiene ningún sentido querer proteger al Parlamento frente a su propio Gobierno […] No hay ningún supuesto que justifique ya este tipo de protección.”

Pues bien, cuando uno observa en pleno año 2015 las manifestaciones de los distintos grupos y formaciones políticas en lo que a la reforma constitucional se refiere, muy pocos profundizan en las ideas anteriores. Todas ellas se centran en medidas no voy a decir que innecesarias, porque utilidad tienen. Es evidente que el Senado pide a gritos su reforma (para convertirse en una auténtica Cámara de representación territorial) o su supresión; es evidente que instituciones como el Consejo General del Poder Judicial o el Tribunal Constitucional están pidiendo a gritos su jubilación al no haber cumplido los objetivos para los que fueron creados, de igual manera que hay otras instituciones que deberían ser definitivamente enterradas por la inanidad en la que se mueven, como el Defensor del Pueblo. Pero no he visto a ninguna formación profundizar en los aspectos ya indicados por Kelsen en 1920. No he visto que a ninguna formación le preocupe reformar la iniciativa legislativa popular para ampliar los supuestos en que es posible y hacerla más eficaz obligando a las Cámaras a tramitarla (y, por tanto, vetando expresamente la facultad de la Cámara de negarse a tomarla en consideración). De igual manera que no he visto tampoco que a nadie interese plasmar constitucionalmente la posibilidad de introducir el referéndum para la aprobación de determinadas leyes, como, por cierto, sí existía en el franquismo, aunque no se hiciese uso de él más que en dos ocasiones.

Una última consideración. Si a principios de los años noventa del siglo XX, cuando quien suscribe se encontraba cursando su primer año de la carrera de Derecho, alguien le hubiese dicho que veinte años después iba a adentrarse voluntariamente en la lectura de una obra de Hans Kelsen, seguramente el redactor de estas líneas hubiese pensado que el autor de tal afirmación no se encontraba en sus cabales. Y ello porque ese año, precisamente, en la asignatura “Teoría del Derecho y metodología jurídica” el catedrático de la asignatura pretendió inocularnos el pensamiento kelseniano con un libro sobre el tema del que, por esas casualidades de la vida, el catedrático (que comparte nombre y apellido con un célebre –por nada honrosas circunstancias- ex director general de la Benemérita) era autor; libro, por cierto, de lectura bastante indigesta y que poco o nada inducía a sumergirse en su lectura. Siempre he dicho que un buen docente no precisa de animar al alumno al estudio, porque si el profesor imparte la asignatura de una forma amena y, sobre todo, haciéndola verdaderamente interesante al destinatario de la docencia, sabrá despertar la curiosidad del alumno y que sea éste quien busque por su cuenta reforzar e incluso ampliar los conocimientos adquiridos en el aula mediante lecturas complementarias. Confieso que eso me sucedió cuando tuve la suerte de contar como profesores con auténticos maestros como Joaquín Varela Suanzes, Leopoldo Tolivar Alas o Joaquín García Murcia. Desgraciadamente, junto a estos auténticos maestros en el más amplio sentido de la palabra, existía algún que otro personajillo como el catedrático de Teoría del Derecho que, demostró (al menos pude comprobarlo personalmente en dos ocasiones –no en carne propia, sino como testigo de su comportamiento con otro compañero de estudios, a quien escarneció en público en una de sus poco recomendables “clases”-) que si como profesor era bastante malo, como persona era infinitamente peor que como docente.